Política

Diputados aprueban Ley de Transición Energética

El dictamen define el aprovechamiento sustentable de energía como el uso óptimo de la fuente en todos los procesos y actividades para su explotación, producción y transformación.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley de Transición Energética que regulará el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de energías limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos.

El dictamen -avalado con 299 votos a favor, 83 en contra y 3 abstenciones- define el aprovechamiento sustentable de energía como el uso óptimo de la fuente en todos los procesos y actividades para su explotación, producción, transformación, distribución y consumo, incluyendo la eficiencia energética.


Establece que la Secretaría de Energía (Sener), a través de las Metas de Energías Limpias y las Metas de Eficiencia Energética, promoverá que la generación eléctrica proveniente de fuentes de energías limpias alcance los niveles establecidos en la Ley General de Cambio Climático para la Industria Eléctrica.

Además, la Sener fijará como meta una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica: 25 por ciento en el 2018; 30 por ciento al 2021; 35 por ciento para el 2024; 45 por ciento al 2036, y 60 por ciento en el 2050.

De igual modo, la Sener y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) establecerán una hoja de ruta para el cumplimiento de la meta indicativa en un plazo de 260 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de esta ley.

Crea el Sistema de Información de Transición Energética que tendrá por objetivo registrar, organizar, actualizar y difundir la información en materia de aprovechamiento sustentable de la energía.

Faculta a la Comisión Reguladora de Energía y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) a realizar actos de inspección y vigilancia a los integrantes de la industria eléctrica.

La CONUEE podrá de manera aleatoria o cuando lo considere necesario supervisar la ejecución de los procesos voluntarios que se desarrollen entre los particulares, para mejorar su eficiencia energética y ordenar visitas de verificación a los usuarios con un patrón de alto consumo de energía y a la administración pública federal.

Tanto la CONUEE como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) estarán facultadas para imponer sanciones pecuniarias a los usuarios de un patrón de alto consumo de energía a las personas que fabriquen, importen, distribuyan o comercialicen los equipos o aparatos que no incluyan la información necesaria acerca del consumo energético o cuando le incluya de manera diferente a la que establezcan las disposiciones aplicables.

La Comisión Reguladora de Energía podrá sancionar a los suministradores de electricidad o distribuidores de gas natural que nieguen el servicio de cobranza derivado de los convenios que deberán ser autorizados por la Profeco.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Rubén Camarillo Ortega, del PAN, expresó que el objetivo es disminuir la generación de gases y compuestos de efecto invernadero, obtener mayor eficiencia en el uso de recursos naturales, disminuir la generación de residuos y emisiones.

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