Rosendo Evgueni

Transparencia y sindicatos, apertura necesaria

 

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Es una obligación del Estado garantizar la transparencia sobre la existencia y el uso de recursos públicos de los sindicatos hacia los agremiados, lo que implica la necesidad de generar mecanismos jurídicos y de políticas públicas que obliguen a las cúpulas sindicales a presentar informes detallados a los trabajadores.

Por otro lado, la clase trabajadora debe mostrar más interés en estos manejos para dar seguimiento al uso del patrimonio obrero y enterarse de los conceptos por los que el sindicato recibe dinero. Claro está que todo lo anterior tiene, entre otras finalidades, evitar malos manejos y tener certeza del destino de esos recursos.

La transparencia sindical en México es una asignatura pendiente, apenas vislumbrada en la reforma constitucional de febrero de 2014 y plasmada en las Leyes General y Federal de Transparencia, lo que supone espacios de apertura en un entorno impregnado de "lagunas oscuras" o alegatos basados en condicionar la naturaleza jurídica de los sindicatos como personas morales de índole "privada", ni atenta contra la libertad sindical, todo lo contrario, les otorga a los trabajadores la posibilidad de evitar o de poner fin a elites políticas y cúpulas sindicales ajenas y desviadas de la finalidad primordial de la asociación colectiva y obrera.

Así pues, hemos conocido de casos que ejemplifican vicios y males hasta endémicos en muchos sindicatos que no hacen más que reflejar una corrupción corporativa. Ejemplos de ella hay muchos, pero principalmente se aprovechan de lo que se guarda en el cajón burocrático con gran recelo de complicidad, "conflicto de interés", en muchas ocasiones entre gobiernos y los mismos sindicatos: los Contratos Colectivos de Trabajo, como ese documento que opera al margen del conocimiento de los trabajadores y de su derecho a la información. 

De tal suerte, los sindicatos al desviar recursos públicos para otros fines, automáticamente transgreden la delgada brecha entre lo público del dinero gubernamental y lo privado, y de sus propios intereses como clase trabajadora.

Afortunadamente se cuenta ya con un marco normativo y un diseño institucional en los cuales los sindicatos ya son sujetos obligados en materia de transparencia y acceso a la información. Bajo la óptica citada, los sindicatos, como cualquier sujeto obligado deberán contar, entre otras cosas, con una Unidad y un Comité de Transparencia, instancias necesarias para la atención a las solicitudes de información que se presenten y a los recursos de revisión interpuestos, en ambos casos conforme a los procedimientos que marca la ley en la materia.

Aclaración hecha de que el acceso a la información radica sólo en el caso de los sindicatos por lo que hace al ejercicio de recursos públicos que les hayan sido entregados.

En ese contexto, resulta importante tomar en cuenta que los sindicatos también serán sujetos a las medidas de apremio en caso de incumplimiento de las obligaciones de transparencia o a las resoluciones emitidas por el INAI.

Sin lugar a dudas, el alcance de la información sindical y los mecanismos de transparencia para su apertura serán la hoja de ruta crítica por medio de la cual se guiarán las acciones en miras al ejercicio de los recursos públicos de dichos entes. Aunado a que, como nuevos sujetos obligados, tendrán que adecuar sus procesos internos y externar sus procedimientos y toma de decisiones en pro de sus agremiados y la sociedad (trátese de sus imperantes portales de transparencia que tanto hacen falta).

En efecto, los resultados de la Métrica de Gobierno Abierto 2017, realizada por el INAI, son esclarecedores y comprueban estas afirmaciones en referencia a los sindicatos. Debido a que éstos son quienes en promedio recibieron las calificaciones más bajas, alcanzando un valor en una escala del 0 al 1, de tan sólo 0.08 en lo que respecta a su índice de apertura gubernamental.

El reto es doble para los sindicatos, reforzar sus índices de transparencia —nada desdeñable este reto— y más aún, incluir la imprescindible participación en todos sus procesos de gestión. Aunque claro está, los sindicatos no son equivalentes a una secretaría de estado o a un ayuntamiento en las tareas que llevan a cabo, en la estructura administrativa que los sostienen, ni en el tipo de información que generan y puede ser solicitada.

Finalmente, las condiciones están dadas para dejar atrás esos paradigmas oscuros en la historia de los sindicatos en México, del secuestro de los mismos, y que verdaderamente representen los intereses de sus agremiados con un claro respeto de convivencia democrática.

*El autor es Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) .

**Realiza esta columna en coautoría con la Mtra. Indira Isabel García Pérez, Comisionada del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima (INFOCOL).

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