Mauricio Jalife

Se promulga finalmente la reforma de Propiedad Industrial

Mauricio Jalife escribe sobre los objetivos de la esperada reforma a la Ley de la Propiedad Industrial.

Finalmente, la esperada reforma a la Ley de la Propiedad Industrial, sustancialmente destinada a crear la figura de las Indicaciones Geográficas, agotó los trámites protocolarios y ha visto la luz apenas ayer para convertirse en parte de nuestra normativa dentro de un mes.

Hemos ya dicho, que no se trata de una simple actualización o ajuste técnico de la ley. Sin duda se trata de la transformación más relevante de nuestra legislación de Propiedad Intelectual en 25 años. La creación, protección y regulación de las Indicaciones Geográficas representa un cambio que impactará a cientos de productores nacionales de productos típicos, que por años han operado sin sentido de pertenencia, ni disciplina gremial. A partir de la reforma, múltiples productos con el nombre de la región o lugar de donde provienen, que no podían aspirar al club elitista de las Denominaciones de Origen, podrán iniciar su uso exclusivo. Así, nombres como "guitarras de Paracho", "sarapes de Saltillo" o "cajeta de Celaya", podrán reclamar reconocimiento y protección.

El efecto que se pretende con este tipo de tutela, es el de dotar de pertenencia a la comunidad que ha usado y preservado el nombre de un producto típico que ha adoptado la designación del lugar del que es originario, generando una garantía para los consumidores de que la mercancía proviene, precisamente, del lugar que goza de reputación por esa manufactura.

Por lo que hace al contenido de la ley, destaca que se crea esta posibilidad de registro para las Indicaciones geográficas, a la par de la existente para Denominaciones de origen, además de incluir un capítulo completo para la protección de las Indicaciones de origen extranjero, que ha sido un asunto en el que nuestro país ha sido deficitario por décadas. Asimismo, como parte del paquete legislativo que rediseña la protección de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen, se crean sendas infracciones administrativas y nuevos delitos para sancionar el uso no autorizado de estas figuras, o de nombres que sean confundibles para los consumidores, que había sido en el pasado uno de las más graves carencias de la ley.

El decreto de reforma alcanza también a los llamados "diseños industriales", que pretende subsanar algunas de las limitaciones conceptuales del texto original, al introducir criterios de análisis de procedencia del registro, con la clara intención es dotar de mayor precisión a la figura, lo que debe derivar en seguridad jurídica para los titulares. Otro de los atributos del nuevo texto se orienta a reconocer dentro de su ámbito de cobertura a los objetos artesanales, que para amplias comunidades en nuestro país regularmente marginadas del sistema, representa una cordial invitación a la necesaria protección.

El cambio más importante, sin embargo, atiende a la vigencia de la figura. De los 15 años inamovibles que actualmente se otorgan, se pasa a la fórmula de reducirlo a 5 años, pero renovables hasta 25. Con esa extensión se pretende que la figura sea más robusta y eficiente, a fin de ser más atractiva para los creadores. El desafío, ahora, es acercar a las comunidades y empresas nacionales a los beneficios de la nueva regulación, que es mucho lo que promete en términos de generación de activos intelectuales de alto valor comercial.

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