Profesor en UNAM y en UP. Especialista en temas electorales.

Mañaneras a debate

El INE está obligado a restablecer condiciones de equidad en lo que resta de las campañas, ordenando la suspensión temporal de las mañaneras.

Las mañaneras son el mecanismo diseñado por el presidente para intervenir todos los días en el proceso electoral violando las restricciones que la Constitución impone. Disfrazadas de un ejercicio de rendición de cuentas, son el espacio para insultar a sus adversarios, medios de comunicación, organizaciones sociales y todo aquello que dentro o fuera del territorio nacional no le guste, le haga ruido o presente alguna visión u opinión contraria a lo que él cree.

La semana pasada estuvieron a debate en el INE colocadas en los extremos discursivos de consejerías y partidos. Vamos al origen. El modelo constitucional en la materia está vigente desde 2007; luego de que en 2006 perdiera, López Obrador exigió que se restringiera la intervención de servidores públicos en las elecciones. Así, se les impuso la obligación de no utilizar recursos públicos a su cargo en los procesos electorales y a sujetar su comportamiento al principio de neutralidad, conforme con el cual no pueden hablar bien o mal de candidaturas o partidos políticos. También se prohibió la difusión de logros de gobierno durante las campañas federales y locales.

Lo sabe el presidente, pero soslaya su observancia; también lo saben las representaciones de la alianza gobernante, así que el argumento de que las mañaneras son el único espacio que tienen de defensa ante la cerrazón de los medios de comunicación que los atacan desde hace décadas es falaz, no es jurídico y es un ardid político para defender el intervencionismo ilegal de los servidores públicos.

La historia reciente informa antecedentes y tratamiento jurídico que las autoridades han dado al tema. El INE, en 2019 emitió medidas cautelares ordenando la suspensión temporal de las mañaneras en seis estados con elecciones locales, cuya transmisión íntegra se realizó en medios públicos de comunicación; y en 2021, por la difusión de campañas de propaganda gubernamental en Hidalgo y Coahuila. En suma, en sede cautelar, el INE sí ha generado precedentes de suspensión de las mañaneras.

¿Qué ha hecho el Tribunal? Revocar. Al resolver el fondo de los asuntos estableció criterios para analizar cada caso, señalando que las mañaneras son un ejercicio de comunicación y que sus contenidos deben revisarse, una por una, para separar comunicación de lo que es propaganda prohibida, sobre todo en las campañas electorales.

Con ese criterio, todo es a toro pasado, un simple registro para la historia. Ahora, el entorno cambió para ambas instituciones, el INE ya emitió decenas de cautelares incumplidas. Hay sistematicidad, un comportamiento violatorio reiterado del presidente, incumple cautelares y las aprovecha para burlarse y cometer nuevas infracciones, anulando el arbitraje de las autoridades; es real que se apegarán al libreto y revisarán una por una para separar comunicación de propaganda electoral prohibida; es real que formalizarán la impunidad y dejarán que el presidente continúe inclinando la cancha en favor de sus candidaturas.

El INE está obligado a restablecer condiciones de equidad en lo que resta de las campañas, ordenando la suspensión temporal de las mañaneras, eso es lo que en derecho corresponde ante un entorno distinto al de los procesos electorales pasados. Menos tecnicismos y más eficacia. De ser el caso, el Tribunal tendrá que responder ante la sociedad mexicana si mantiene criterios inaplicables a una realidad caracterizada por el abuso presidencial que despliega un comportamiento sistemático y violatorio de la Constitución. Qué mensaje enviarán, actuarán o serán omisos. Evitar el intervencionismo presidencial no es maniatar ni cancelar derechos a la libertad de expresión, menos aún, limitar que rinda cuentas; es obligar a que se cumpla con la Constitución y dejar que en las elecciones participen solo partidos y candidaturas.

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