Francisco Javier Acuña

El INAI sobre la movilidad en el Valle de México

El columnista explica los obstáculos que enfrenta la zona metropolitana en cuanto a transporte y a dónde acudir para reportar faltas.

La movilidad en la zona metropolitana enfrenta distorsiones e insuficiencias tanto en los varios modos de transporte como en la red vial disponible.

Preocupa que un volumen tan alto de viajes se realice en medios colectivos de baja capacidad tanto en la Ciudad de México, con cerca de ocho millones de tramos de viajes en estos medios, como en los viajes entre la Ciudad de México y el Estado de México, que suman cuatro millones de tramos de viajes adicionales.

La red de transporte de alta capacidad, es decir, el metro, los autobuses y los trolebuses, deben ser la columna vertebral, mientras que el servicio concesionado de microbuses debería estar orientado a la alimentación de esta columna, pero no ocurre así.

Para lograr intersecciones entre varios modos de transporte existen los Centros de Transferencia Modal (CETRAM), concebidos originalmente para agilizar el transbordo a los usuarios de diferentes modos de transporte, de manera segura y rápida, sin interferir en la continuidad del flujo vehicular de la vialidad aledaña a las estaciones terminales del Metro. Sin embargo, los CETRAM se han constituido en puntos saturados, donde se concentra una aguda problemática vial, urbana, social y económica.

En el Ciudad de México existen actualmente más de 40 CETRAM y bases de servicios, de los cuales la mayoría conectan a usuarios de autobuses y microbuses con el metro o con el tren ligero. Atienden aproximadamente a 4 millones de usuarios al día. En su diseño no se previó el incremento de la demanda de transporte público, por lo que se presenta actualmente insuficiencia de espacios para usuarios y prestadores del servicio.

Recientemente, el Pleno del INAI, derivado de la atracción masiva de recursos del INFODF, instruyó a la Secretaría de Movilidad de la CDMX a efecto de que asuma competencia y realice la búsqueda de la información relativa al padrón vehicular autorizado del transporte público del Estado de México que penetra a la Ciudad de México, desglosado por empresa y número de placa, y en consecuencia informe al particular el resultado de dicha búsqueda.

Lo anterior derivado de que un particular solicitó a la Secretaría de Movilidad entre otros datos, la información relativa al padrón vehicular autorizado de transporte público del Estado de México que ingresa a la Ciudad de México.

En respuesta inicial, la Secretaría de Movilidad se declaró incompetente para conocer lo peticionado; al respecto, del análisis normativo desarrollado al interior del INAI, se advirtió que, el sujeto obligado, a través de la Dirección General de Transporte de Ruta y Especializado se encarga de expedir concesiones, permisos, registro vehicular y autorizaciones relacionadas con la prestación del servicio de transporte público de pasajeros. Indiscutiblemente, dicha Dirección es la responsable de tramitar y otorgar las autorizaciones relacionadas con la penetración de transporte público de pasajeros en sus diversas modalidades, tanto suburbano como foráneo.

El sujeto obligado (la Secretaría de Movilidad) al rendir sus alegatos ante el INAI mencionó que no tiene, administra o regula dicha información, ya que se trata de concesiones otorgadas, canceladas, revocadas o administradas por el Estado de México, lo cual es inexacto. Mejor dicho, dicha interpretación es errónea, ya que, el particular requiere información relacionada con autorizaciones para penetrar en la Ciudad de México, resultando que, el sujeto obligado es el responsable de otorgar dichas autorizaciones y no a la inversa.

Estas son las respuestas que irritan a la ciudadanía. Cuando un particular reclama información y tropieza con el muro de, no tengo la información porque no me corresponde, etcétera, existe la posibilidad de escalar ante el INAI para conseguirla; pero eso debería ocurrir sólo cuando exista duda razonable sobre la competencia de la institución, sobre la información reclamada o sobre la legalidad de la reserva de información así considerada por el sujeto obligado.

Además, por disposición de la legislación actual de transparencia debe estar accesible la información detallada de los permisos, concesiones y autorizaciones de las dependencias públicas. Y si la información estuviera desactualizada o incompleta cabe denunciar ante el INAI y sigue una ruta más corta.

Falta mucho por hacer para una República transparente.

*Comisionado del INAI.

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