Opinión

El costo de la competitividad (segunda parte)


 
 
Antonio Cuéllar Steffan
 
 
A lo largo de la semana ya se aclaró que el condicionamiento de la negociación de la reforma energética dentro del Pacto, no se sujeta a la discusión de la reforma política, sino sólo de la electoral. En seguimiento del análisis que iniciamos el martes pasado sobre el contenido de la referida propuesta de la oposición, continuamos en esta entrega con la síntesis de los puntos que contiene.
 
 
La propuesta del PAN y del PRD persigue una modificación de la codificación penal, procesal penal y orgánica del Poder Judicial Federal, para que se amplíe el catálogo de servidores públicos en materia electoral que puedan ser sujetos de delito; para que se incluyan definiciones necesarias para la tipificación de delitos electorales, como 'paquete electoral', 'precandidato', 'candidato independiente', 'concesionarios o permisionarios', 'organizadores de actos de precampaña o de campaña' y otros; para que se precisen conductas delictivas como 'compra del voto', 'propaganda encubierta' y otros; y para que los delitos electorales se eleven al carácter de delitos graves (lo que ameritaría que el proceso penal siempre se enfrente sujeto a prisión preventiva).
 
 

Por otro lado, la alianza opositora también persigue reformas al Cofipe para que se permitan candidaturas independientes a los cargos de Presidente, Senadores y Diputados; para obligar a los candidatos y a los concesionarios para participar en los debates electorales; para que se cree una Comisión de Fiscalización del Consejo General del IFE; para que se establezcan sistemas de registro de votos en el extranjero; para que se cree la segunda vuelta electoral para el cargo de Presidente; para que se establezcan reglas para sondeos y encuestas electorales; y, para que se regule el voto electrónico.
 
 
Una cuarta iniciativa de reforma constitucional persigue la definición de los mecanismos de consulta popular, iniciativa ciudadana, observatorios ciudadanos y recorridos de autoridades; el establecimiento de los requisitos para la consulta popular por parte del Congreso General; y, la exclusión de la iniciativa ciudadana en materia penal, seguridad pública, suspensión de garantías, amnistía, fiscal, relaciones internacionales y otros.
 
 
La otra condicionante se vincula con la reglamentación del artículo 134 constitucional en materia de propaganda gubernamental, para lo cual se pretende el establecimiento de topes presupuestales para comunicación social; regulación de los tiempos oficiales del Estado; establecimiento de publicidad total tratándose de gastos de comunicación social; creación del Consejo Ciudadano encargado de supervisar y evaluar las políticas en materia de propaganda gubernamental; y, establecimiento de los criterios de objetividad, imparcialidad, equidad, lealtad internacional y veracidad en materia de propaganda gubernamental.
 
 

La última proposición de la reforma política, que a partir de la nueva lectura que ofrece la oposición, no se sujetaría a los tiempos de la reforma energética, tiene que ver con la expedición de una ley reglamentaria del artículo 6º constitucional en materia de réplica, a través de la cual se establecerían obligaciones a cargo de los concesionarios en materia de recepción de solicitudes de réplica; se otorgaría legitimación abstracta para ejercer el derecho de réplica a favor de cualquier persona que se considere agraviada por un hecho divulgado; se crearía un mecanismo, incluso jurisdiccional, para garantizar la observancia del derecho de réplica; y, se constituiría el derecho de réplica a favor de los partidos políticos, los precandidatos y candidatos a puestos de elección popular.
 
 

¿Es auténtica y necesaria la defensa de la reforma político-electoral que plantean los partidos de oposición? La respuesta tendríamos que buscarla en la proporcionalidad que debería existir entre ese objetivo de interés público que subyace en la reforma política, contra aquél que existe y que forma el núcleo de la reforma energética. Cualquier falta de equilibrio entre lo que se busca y se da, podría evidenciar una falta de lógica en el discurso, o una astucia que motiva a un grupo de poder a aprovechar una coyuntura histórico-legislativa para posicionar un reclamo que podría concederle una ventaja dentro del status quo.
 
 
La Constitución ya contempla los mecanismos de participación ciudadana cuya reglamentación es objeto de la reforma política, quizá no electoral, que está presentada sobre la mesa. Es bondadosa la inclusión del sentimiento de la Nación en la concepción, expedición y cumplimiento de las políticas de desarrollo; sin embargo, no puede dejar de verse que, con el ánimo de satisfacer la voluntad del pueblo, se han cometido las peores barbaridades en la historia universal. ¿Hasta qué punto debemos seguir caminando en el sendero de la oficialización de la consulta ciudadana?
 
 
El 'empoderamiento' de los partidos políticos y de la ciudadanía, con respecto a algunas instituciones y dentro de los procesos electorales, no forzosamente corresponde al mejor camino que el Estado mexicano debe emprender para consolidar su democracia y para lograr la absoluta gobernabilidad. La valoración de este propósito subyacente de la reforma política contra las ventajas que encierra la reforma que permitiría la apertura del sector energético y la profesionalización de Pemex, le corresponde a usted, apreciado lector.
 
 

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