Opinión

Derechos del contibuyente. Ejérzalos.

César Aguilar Hernández

Distinguidos lectores, con fecha 26 de junio de 2005, se publicó oficialmente la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, si bien es cierto no es de reciente creación, sobresale por ser un ordenamiento legal poco conocido en materia impositiva, por sus principales beneficiados: los contribuyentes.

Si bien es cierto, que el artículo Primero Transitorio de dicha Ley, en su parte final, ordenaba a las autoridades hacendarias una difusión masiva de los derechos contenidos en sus 24 artículos, lo cierto es que en la actualidad existe un escaso aprovechamiento de los derechos que ahí se contemplan, entre los que se destacan: derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales, que requieran su intervención se lleven a cabo en la forma que les resulte menos onerosa, a formular a las autoridades fiscales consultas sobre el tratamiento fiscal aplicable a situaciones reales y concretas.

También contempla el derecho a ser informados, al inicio de cualquier actuación de la autoridad fiscal, en el caso de visitas domiciliarias o revisiones de escritorio, derecho a ser informado de los beneficios de autocorregirse, derecho a pagar una multa menor a la regulada por el Código Fiscal de la Federación, derecho a pagar en parcialidades, derecho a ser informado respecto a los recursos y medios de defensa que procedan.

Actualmente existen importantes modificaciones a diversas Leyes fiscales, particularmente en este año, entraron en vigor diversas reformas al Código Fiscal de la Federación, entre otras, las relativas a la forma en que se las autoridades hacendarias auditaran a los contribuyentes en línea y en tiempo real, con el cruce de la información electrónica, con la que cuenta el Servicio de Administración Tributaria, por lo que el conocimiento preciso de los derechos antes señalados, revisten una particular importancia.

El objeto de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, es el de regular los derechos y garantías básicos de los contribuyentes, en sus relaciones con las autoridades fiscales, estableciéndose que sólo en defecto de lo dispuesto en dicha Ley, se aplicarán las leyes fiscales respectivas y el Código Fiscal de la Federación.

Con el conocimiento básico, de los derechos que aquí se enfatizan, los contribuyentes pueden hacer frente en forma más eficiente, a las diversas actuaciones de las autoridades, como cuando les requieren diversa documentación una y otra vez, antes de negarles o tenerles por desistido de una solicitud de devolución de impuestos, o al embargarles bienes de su propiedad, practicarles una auditoria, o al imponerles una multa.

Lo anterior es así, pues en la práctica, el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades, si bien eran y son cada vez más amplias, lo cierto es que no son ilimitadas, sino por el contrario deben observar todos los dispositivos legales aplicables, luego entonces, conocer los derechos de quienes contribuyen con su dinero, al gasto público, resulta de particular trascendencia, sobre todo, si tenemos en cuenta que existe una intensa actividad de difusión y práctica del erario público, encaminada a hacer énfasis respecto al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y, una escasa actividad, relativa a la difusión de los derechos de los contribuyentes.

Correo: cesaraguilar@ah-abogados.com

COLUMNAS ANTERIORES

Balance Migratorio 2023: Lecciones y Perspectivas para 2024
México a futuro: un país libre de plomo

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.