Crowe Horwath Gossler

Facilidades para la declaración anual 2017 de las personas físicas

El colaborador invitado hace una lista de las novedades que el SAT presentó para la declaración anual de las personas físicas para el ISR.

El pasado 3 de abril el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las facilidades y la herramienta para la presentación de la Declaración Anual 2017 de las personas físicas para el Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal 2017.

Informó que este 2018 es la primera vez que para la Declaración Anual se utiliza directamente la información vertida en las facturas, pues en otros años, la información obtenida era de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales.

Derivado de lo anterior, es que el SAT pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración, que solo se tiene que revisar, aceptar y enviar.

De igual manera, las deducciones personales y los estímulos, que pueden llevar a obtener un saldo a favor, ya están pre llenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando se haya pedido factura por los mismos y se hayan pagado con tarjeta o vía electrónica. Lo anterior a fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, con la información que proveen los CFDI.

Se informó que la plataforma de cómputo en la nube del SAT es capaz de procesar en un día hasta 250 mil declaraciones, cuando antes solo se recibían 30 mil por hora y sobre la construcción de un proceso de punta a punta, que integra los sistemas de declaración y de devoluciones en uno mismo, lo que dará fluidez y certeza al resultado de la autorización del pago parcial o total y/o el rechazo o inconsistencia del saldo a favor.

Como novedades se presentaron las siguientes:

• Se creó el aplicativo "Visor" con el cual podrán consultar los recibos de nómina que su patrón o retenedor les emitió en el ejercicio 2017.

• Para eficientar las devoluciones automáticas, se implementaron validaciones que anteriormente se hacían de forma manual.

• Se incorporó al aplicativo el campo "consulta de devolución", donde se puede consultar el estatus de la devolución y los motivos de rechazo. Asimismo, informaron que la aplicación se publicó en el portal del SAT la semana pasada y las primeras devoluciones se depositaron el 3 de abril.

Hay que recordar que las personas físicas obligadas a presentar declaración, son aquellas que prestan servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad, entre otros.

Algunas de las deducciones personales son honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, colegiaturas, entre otros.

Asimismo, una de las facilidades para asalariados que solo tengan un patrón es que no están obligados a declarar, pero en caso de tener deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, está la opción de presentar la declaración en cualquier momento del año.

La presentación de la Declaración Anual de personas físicas para 2017, se puede hacer por Internet en sat.gob.mx y a través de SAT Móvil, solo con la Contraseña.

En caso que se obtenga saldo a favor mayor a 50 mil pesos, o si se va a modificar la cuenta CLABE, se deberá enviar con la e-firma.

La fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración anual es el 30 de abril.

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