Cambio histórico, con rendijas para el Ejecutivo en concesiones

Víctor Chávez - Viernes, 15 de Marzo de 2013 09:01

 

 

 

Tienen razón, la clase política está a punto de cambiar la historia de las telecomunicaciones en el país, con la aprobación de las reformas a diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78 y 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que han sido suscritas por los presidentes de cuatro de los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados, y con el voto anticipado de alrededor de de 340 diputados federales.

 

Se trata del diseño de un nuevo esquema que busca impulsar a ser una nación desarrollada, en la que las condiciones de igualdad sean uniformes para todos, sin poner restricciones de ninguna índole. Un México que esté a la vanguardia dentro del contexto mundial globalizado y, que además, sea generador de sinergias que se reflejen en el beneficio de todos los mexicanos, de las Instituciones y del propio Estado.

 

Así lo celebran los legisladores, por lo menos. Y es que hace más de 40 años no se tenía una reforma de las dimensiones de las que hoy se somete a la consideración del Congreso de la Unión. Primero en la Cámara de Diputados y luego en el Senado de la República.

 

Sin duda contiene avances su propuesta:

  • Se requieren instituciones solidas
  • Contar con un marco jurídico consistente y congruente a las necesidades del país
  • Se necesita una transformación en materia de Telecomunicaciones y de Competencia Económica, que dé impulso para un nuevo esquema con visión de futuro que como sociedad y como Estado demanda México.

 

No debemos olvidar que nuestro país fue pionero en la radiotransmisión en América Latina, ya que el 9 de octubre de 1921 tuvo lugar la primera emisión radiofónica, para ello, el legislador constituyente estableció un marco jurídico que regulara la nueva tecnología, por lo cual, el 6 de mayo de 1926, se publicó la Ley de Comunicaciones Eléctricas en el Diario Oficial de la Federación.

 

Las telecomunicaciones, por lo que representan, son un servicio público y de interés general, por lo que deben estar bajo la tutela del Estado. Durante muchos años, la explotación de este servicio no ha permitido una competencia real y efectiva que traiga un beneficio que se refleje en la calidad de sus contenidos.

 

Desde las primeras transmisiones hasta el día de hoy, la telecomunicación se ha transformado a una velocidad vertiginosa, lo que ha contribuido a la evolución de la sociedad misma.

 

Hoy, con elementos de transferencia de datos, el acceso a internet, televisión digital, la comunicación y el acceso a la misma se ha convertido en una herramienta de crecimiento, pero así como puede ser un factor positivo puede ser lo opuesto, y esto radica en el hecho de que los concesionarios tienen posición privilegiada por el poder económico y político que ostentan y que puede llegar a superar al propio Estado.

 

En ese sentido, en materia de telecomunicaciones, no podemos darnos el lujo de estar cautivos de algunas empresas concesionarias, ya que la pluralidad de opinión, la calidad de servicios y contenidos nos reflejaría como una sociedad más competitiva e informada para las decisiones de nuestra vida.

 

Con la presente reforma –según se pretende- se busca fortalecer los derechos de las audiencias de los medios de comunicación, expresados como el derecho a contar con una amplia gama de opciones de calidad y canales comunicativos que representen la diversidad social, política y cultural nacional y de otros países, o bien, el derecho a contar con el acceso a la información de interés público que sea “veraz, clara y oportuna”.

 

Dicho lo anterior, convienen señalar que el proyecto plantea modificaciones torales, mediante las cuales se regresa al Estado la rectoría del sector de telecomunicaciones, al proponer lo siguiente:

  • El reconocimiento como un derecho Humano la información, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y el derecho del usuario, es decir, del consumidor.
  • La apertura del mercado de las telecomunicaciones a la inversión extranjera hasta un 100 por ciento y de un 49 por ciento en materia de radiodifusión.
  • La licitación de 2 cadenas de señal de televisión abiertas.
  • La creación del Instituto Federal de Telecomunicaciones como organismo autónomo constitucional, que se encargará de regular el mercado, de otorgar y retirar concesiones e imponer sanciones.
  • La calidad en los servicios y en los contenidos y a buenos precios.
  • El acceso a la Banda Ancha con perspectivas de mejorar los costos y servicios.
  • Una competencia justa entre los prestadores del servicio de televisión abierta y restringida.



Pero… el negrito en el arroz

 

A pesar de los avances, para los legisladores también hay “insuficiencias”, ya que  no logran frenar la intervención del Ejecutivo en el tema de la concesiones ni se garantiza la democratización de los medios de comunicación.

 

Veamos:

  • Art. 28 Corresponde al Instituto, previa opinión no vinculante del Ejecutivo Federal, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones.

* Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, social y privado y se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2o., 3o., 6o. y 7o. de esta Constitución. Las concesiones serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia, previniendo fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final; en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico.

* Las concesiones para uso público y social se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa. El Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas.

 

  • TERCERO TRANSITORIO: El Congreso deberá establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración; establecer los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión.

 

IV. Regular el derecho de réplica;

  • CUARTO TRANSITORIO: El Congreso de la Unión deberá expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente, el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
  • QUINTO TRANSITORIO: A la entrada en vigor del presente Decreto se permitirá la inversión extranjera directa hasta el cien por ciento en telecomunicaciones y comunicación vía satélite, y hasta el cuarenta y nueve por ciento en radiodifusión.

 

Además, hay otras insuficiencias que aún se debatirán, aunque sin muchas esperanzas de ser modificadas:

  • Homologar la inversión extranjera directa al 100% en telecomunicaciones y radiodifusión.
  • Eliminar la participación del Ejecutivo en el proceso de revocación de concesiones.
  • En el mecanismo de integración y selección de los comisionados del Ifetel se considere la permanencia de los actuales comisionados y se homologue el esquema de selección con el previsto por la minuta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos (IFAI).
  • Se pone en duda la elección de los integrantes de órganos reguladores como Ifetel y Cofeco, porque al final la decisión recae en el Ejecutivo, por lo que plantean que en vez de una propuesta, el Presidente envíe ternas al Senado.
  • Pedir derechos de réplica en internet.
  • Se propone prohibir la participación en la licitación de los concesionarios que acumulen concesiones para prestar servicios de radiodifusión de 12 MHz de espacio radioeléctrico o más en cualquier zona geográfica.
  • Mejorar la redacción para delimitar alcances de la gratuidad en caso de agentes preponderantes, en el must carry y must offer.
  • Incluir la inversión mixta, en el artículo sexto transitorio, además de la inversión pública y la privada.

 

Pero bueno, algo es algo, ¿no? Es, en los hechos un primer  paso, y muy grande.

 

 

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