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Víctor Chávez - Martes, 05 de Marzo de 2013 17:33
Sin duda, el cambio en el paradigma del sistema político es histórico.
A excepción del presidente de la República, que se mantendrá “intocable” por sobre todos los ciudadanos mortales en este país, los diputados federales celebraron en su recinto que “no habrá más ciudadanos por encima de la ley”.
Con la aprobación de las reformas a los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución, desaparecieron lo que se llama el “juicio o declaración de procedencia” y los diputados, senadores, asambleístas del Distrito Federal, secretarios de Estado, gobernadores, ministros, magistrados y consejeros electorales tendrán que acudir ante el juez cuando se les acuse de haber cometido algún delito.
En los hechos, se supone que ya no contarán con fuero, sino “inmunidad”, por lo que no por ser “un político” podrá evadir la justicia, aunque no podrá ser detenido durante el proceso judicial. Y esa inmunidad, que es sólo para proteger su labor pública y no como velo de impunidad, se le retirará si el juez lo declara culpable.
¿Será entonces que ya no veremos a líderes sindicales impunes, escudados en el fuero o la inmunidad que adquieren al ser colocados por sus partidos como diputados o senadores; a legisladores que deslumbran por las calles con sus charolas en sus autos de superlujo para evitar ser detenidos; o a otros que intimidan con ellas para evitar ser detenidos por el alcoholímetro, o en las autopistas del país por manejar ebrios?
Sencillamente, no lo creo. ¿Será que un cambio en la ley, como un compromiso de campaña, cambiará la cultura de la transa por la de la transparencia y la legalidad en México?
Las figuras de Fuero Constitucional e Inmunidad Parlamentaria han acompañado los textos de las constituciones del país, con el propósito original de proteger al legislador en el ejercicio de sus funciones.
Sin embargo, a través de los años, la concentración del poder político y el autoritarismo, han hecho equivalente en no pocos casos, la inmunidad con la impunidad, desvirtuando por las inercias políticas el concepto mismo de fuero constitucional y generalizando en la ciudadanía una actitud de condena y de rechazo hacia el ejercicio que algunos servidores públicos han ejercido sobre el fuero.
Aquella tarea tan noble y digna que se buscó proteger, como en el caso del senador chiapaneco Belisario Domínguez, que enfrentó a Victoriano Huerta y fue asesinado, se convirtió en desprestigio.
Por ello, con la reforma que hoy se planteó, se propone modificar, por una parte, el artículo 61 de nuestra Constitución, consolidando la función legislativa a través de la inmunidad constitucional, figura que radica en que las opiniones de los diputados y senadores son inviolables durante el tiempo en que desempeñen su cargo y, por lo tanto, jamás podrán ser reconvenidos, procesados, ni juzgados por ellas.
Por la otra, en cuanto a la reforma del artículo 111 de nuestra Ley Suprema, es preciso aclarar que el catálogo de servidores públicos señalados en dicho precepto, no gozan de Inmunidad Parlamentaria, sencillamente se protege su función estableciendo el procedimiento para actuar penalmente contra ellos, eliminando la figura de la declaración de procedencia y, permitiendo así, que los órganos jurisdiccionales cumplan en forma ininterrumpida el ejercicio de sus funciones.
Por lo anterior, se propone que los servidores públicos no puedan ser privados de su libertad durante el ejercicio de su cargo, pero sí puedan ser sometidos, a proceso penal en la comisión de un delito, continuando en funciones hasta en tanto se dicte la sentencia condenatoria respectiva y ésta haya causado ejecutoria, atendiendo al principio de presunción de inocencia.
¿Y el presidente de la República? Él sigue siendo intocable. Es el único mexicano que conserva el fuero y para retirárselo debe haber un juicio político de por medio, aquel que no conlleva a una sanción penal, sino sólo política y moral. Eso es blindaje constitucional.