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Tribunal revoca formal prisión dictada en 2014 al Chapo Guzmán

Según el expediente consultado por El Financiero, se trata de un dictamen de balística forense elaborado por un perito de la PGR el 22 de febrero de 2014, mismo día en que elementos de la Marina detuvieron al narcotraficante.

CIUDAD DE MÉXICO.- Un Tribunal de Sinaloa revocó el auto de formal prisión que en marzo de 2014 se dictó a Joaquín Guzmán Loera, El Chapo, al advertir fallas que vulneran derechos fundamentales del capo a la igualdad procesal y certeza jurídica.

Al conceder un amparo para efectos, el Tribunal Colegiado en Materia Penal en Sinaloa ordenó reponer parte del procedimiento, en específico, perfeccionar una pericial que se usó contra el líder del Cártel de Sinaloa.

Según el expediente consultado por El Financiero, se trata de un dictamen de balística forense elaborado por un perito de la PGR el 22 de febrero de 2014, mismo día en que elementos de la Marina detuvieron al narcotraficante.

Con base en dicho peritaje, la PGR justificó ante el Juez la presunta responsabilidad de Chapo en el delito de posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea.

Cabe mencionar que el día en que se detuvo al Chapo, en el departamento 401 del edificio Miramar, en avenida del Mar, número 608, Mazatlán, Sinaloa, la autoridad encontró cuatro armas, 112 cartuchos y siete cargadores, entre otras cosas.

La PGR estableció que las armas eran una pistola, calibre 5.7X28, FN HERSTAL, de las llamadas Mata Policías; un pistola calibre 38 súper; una carabina, calibre .223 y un fusil Colt, calibre 5.56 mm.

Al conceder en amparo al Chapo, los magistrados Eusebio Ávila López, Alfredo López Cruz y Martín Guerrero Aguilar estimaron que si bien el perito amplió su dictamen, omitió ratificarlo ante el Juez, como lo marca la jurisprudencia.

"La opinión pericial que no sea ratificada es una prueba imperfecta, en virtud de que para otorgarle certeza y seguridad jurídica al acto contenido en la misma, es indispensable que sea ratificada por el perito que la formuló", dijeron.

Precisaron que esta determinación no conlleva a estimar que derivado de la imperfección de la prueba pericial, ésta se constituya en prueba ilícita que deba ser excluida del análisis probatorio.

Dijeron que por ello, el amparo es sólo para el efecto de reponer el procedimiento con el perfeccionamiento del dictamen y su ratificación correspondiente, para que luego se emita una nueva resolución que puede ser nuevamente la formal prisión o modificarla a un auto de libertad.

En tanto, los magistrados validaron la detención del Chapo Guzmán, esto pese a que la defensa del capo alegó su inconstitucionalidad, debido a que los elementos de la Marina que lo aprehendieron allanaron el departamento sin orden judicial.

Los magistrados estimaron que la flagrancia se actualiza porque una persona alertó a los marinos sobre la presencia de un hombre armado en el edificio, lo que justificó su ingreso hasta el departamento a donde el sospechoso entró.

Asimismo, y al responder a otro punto de queja de la defensa, los magistrados dijeron que aunque la autoridad no presentó al sujeto que denunció, esta prueba se suple con los informes que los marinos dijeron tener de la ubicación del Chapo, obtenidos de investigación y acciones realizadas en Culiacán, Sinaloa.

Los magistrados también consideraron como válida, la vinculación del Chapo en el delito de posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, con base en lo hallado en el departamento.

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