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TEPJF ordena dar celeridad a queja por presunto uso del padrón para firmas independientes

La Sala Superior ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE a tramitar toda queja que se presente durante el desarrollo de un proceso electoral federal.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) dar trámite a la queja que presentó Pedro Ferriz de Con por el presunto uso del padrón electoral para la captación de apoyos ciudadanos para candidatos independientes, a través de un procedimiento especial sancionador que permita resolver el tema a la brevedad.

La Sala Superior resolvió el recurso del aspirante independiente a una candidatura presidencial, que impugnó la decisión de la Unidad Técnica de tramitar su denuncia a través de un proceso ordinario, pues argumentó que no garantiza su resolución a tiempo para asegurar la legalidad y certeza en el proceso de recolección de apoyos.

En ese sentido, los magistrados señalaron que el tema denunciado por Ferriz de Con tiene una clara incidencia en el proceso electoral, por lo que debe conocerse a través del procedimiento especial sancionador: "Reconociendo la urgencia del asunto, debe conocerse en un tiempo menor que el empleado en la sustanciación de un procedimiento de carácter ordinario"

Indicaron que el procedimiento especial sancionador es el idóneo para conocer de supuestas irregularidades que puedan tener incidencia directa o indirecta en el proceso electoral federal.

Por ello, la Sala Superior puntualizó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE está obligada a tramitar toda queja que se presente durante el desarrollo de un proceso electoral federal como un procedimiento especial sancionador, cuando involucra conductas que tengan relación e impacto en el desarrollo del proceso comicial y, por ende, requieran ser resueltas a la brevedad.

Durante la sesión pública, el pleno del TEPJF también confirmó la sanción por dos millones siete mil 310.56 pesos impuesta al PRI por el uso indebido de tiempos de radio y televisión, por la difusión de un promocional de su precandidato a la presidencia de la República, José Antonio Meade Kuribreña.

La Sala Superior confirmó la resolución dictada por la Sala Regional Especializada (SRE) que determinó que el PRI incurrió en una infracción grave ordinaria, con la transmisión del promocional intitulado Año Nuevo, en las versiones de radio y televisión, tanto en las pautas de la precampaña federal, como en las pautas locales de 14 entidades federativas.

Señalaron que con la difusión de promocionales alusivos a la campaña federal en la pauta local se vulneró el modelo de comunicación política.

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