Nacional

TEEM declara validez de la elección de gobernador en Edomex

El Tribunal Electoral del Estado de México confirmó la declaración de validez de la elección de gobernador del 4 de junio y la entrega de constancia a Alfredo del Mazo. 

TOLUCA.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmaron la declaración de validez de la elección de gobernador del 4 de junio y la entrega de la constancia de mayoría al priista Alfredo Del Mazo Maza luego de desechar las causales promovidas por los partidos PAN, PRD, PT y Morena.

Éstos interpusieron además juicios de inconformidad relacionadas con el presunto rebase en los topes de gastos de campaña del excandidato aliancista, el uso de recursos públicos y programas sociales, la utilización de imágenes religiosas, solicitud de ayuda a ministros de culto para promover el voto a su favor, la presencia de funcionarios federales en sus actos proselitistas, distribución de citatorios falsos a representantes de partidos de oposición por parte de la Fepade así como la campaña sucia en contra de la exaspirante panista, por mencionar algunos, que fueron desechados en su totalidad por ser considerados inoperantes o infundados.

En sesión efectuada este día, el Pleno del TEEM indicó que los actores políticos promoventes tienen la posibilidad de acudir a la instancia federa vía juicio de revisión constitucional y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deberá resolver antes del 16 de septiembre ya que entraría en funciones el nuevo mandatario.

Declararon la inexistencia de violación del gobierno mexiquense de entregar apoyos con fines proselitistas y desestimaron además que Alfredo Del Mazo haya incurrido en lo mismo al promover la "tarjeta rosa".

Entre los argumentos presentados por los partidos en sus juicios de inconformidad destacan el rebase del tope de gastos de campaña por parte del priista luego de haber firmado un acuerdo con el resto de los institutos políticos en donde se comprometía a gasta solo 142.7 millones de pesos. Sin embargo, se consideró infundado porque los participantes del proceso quedaron vinculados a un acuerdo del Consejo General del IEEM.

Otro agravio considerado infundado fue que los quejosos no actualizaron hechos relacionados con la asistencia de funcionarios públicos en horas laborales a eventos de campaña del priista y el único que pudo ser acreditado no fue suficiente para anular la elección.

Tampoco admitieron los juicios por discrepancias en actas de cómputo distrital del representante de Morena y las usadas por el IEEM ni violaciones al artículo 130 constitucional basados en un evento que Del Mazo Maza tuvo con pastores que habrían promovido el voto a su favor.

Otro juicio de inconformidad desechado fue el de discriminación a personas con preferencias sexuales distintas a las de la congregación con la que se reunió ya que el acuerdo por la vida y la familia que firmó el aliancista fue considerada como una postura personal.

También lee: