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Suspende SCJN obligación de jueces de la CDMX a presentar su 3 de 3

Mientras se resuelva una controversia constitucional que los juzgadores capitalinos, integrantes del Consejo de la Judicatura, Tribunal Superior, Tribunal Electoral y Tribunal Contencioso Administrativo, promovieron en un afán de quedar exentos de este deber de los servidores públicos.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Segunda Sala de la Suprema Corte declaró fundado un recurso promovido por jueces y magistrados de la Ciudad de México, y con ello suspendió la obligación de presentar su declaración 3 de 3.

Esto, mientras se resuelva una controversia constitucional que los juzgadores, integrantes de diversos órgano de la Ciudad de México, promovieron en un afán de quedar exentos de este deber de los servidores públicos.

Al discutir el caso, los ministros de la Segunda Sala advirtieron por mayoría de tres votos a dos, que negar la suspensión de este acto podría vulnerar los derechos fundamentales de los jueces quejosos.

Detallaron que si no se concedía la suspensión, jueces y magistrados tendrían que presentar su declaración 3 de 3, lo que implicaría que su Controversia Constitucional tendría que ser sobreseída por quedar sin materia.

Los juzgadores capitalinos, integrantes del Consejo de la Judicatura, Tribunal Superior, Tribunal Electoral y Tribunal Contencioso Administrativo, promovieron una Controversia Constitucional de la que conoció el ministro José Ramón Cossío.

En específico impugnaron el artículo 121, fracción XIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas, que advierte la obligación de los servidores públicos a presentar su declaración 3de3.

"Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes:

"XIII. Versión Pública en los sistemas habilitados para ello, de las Declaraciones Patrimoniales, de Intereses y Fiscal de las personas servidoras públicas y colaboradores de los sujetos obligados, que deban presentarlas de acuerdo a la normatividad aplicable", dice el citado precepto.

Al conocer de la Controversia Constitucional, el ministro José Ramón Cossío determinó no conceder la suspensión de esta obligación, por lo que los juzgadores promovieron un recurso de revisión.

Ayer, al revisar dicho recurso, los ministros de la Segunda Sala declararon fundado el recurso de revisión, y ordenaron dejar sin la obligación hasta en tanto el ministro Cossío elabora el proyecto de sentencia de la Controversia y ésta se resuelve en el pleno de la propia Suprema Corte.

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