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SCJN revoca arraigo de la ley del Distrito Federal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró inconstitucional la ley del Distrito Federal por violar los derechos humanos con la "detención con control judicial". 

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte declaró inconstitucional la "detención con control judicial" que en la ley del Distrito Federal pues advirtieron que se trata de "un arraigo con otro nombre" y, al igual que éste último, viola derechos humanos.

El proyecto original, elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, preveía invalidar dicha figura jurídica bajo la premisa de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal es incompetente para legislar en materia de arraigo.

Dicho proyecto consideró que pese a la restricción los diputados locales modificaron y para evadir la restricción constitucional que tienen, sólo le cambiaron de nombre a la figura del arraigo.

"Esto técnicamente se llama fraude a la Constitución", dijo el ministro Arturo Zaldívar durante en la discusión de las acciones de Inconstitucionalidad 25/2013 y 31/2013, promovidas por las comisiones Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de Derechos Humanos del DF (CDHDF).

En la discusión los ministros estimaron conveniente modificar el proyecto de sentencia y en vez de declarar la incompetencia de la ALDF para legislar sobre el arraigo, pidieron declarara la inconstitucionalidad de la norma.

Y es que estimaron que la figura del arraigo o detención con control judicial es violatoria de la Constitución de la República, así como de diversos tratados internacionales de que México es parte.

"Hay una manera de privar a las personas de su libertad antes de un proceso, y esa forma, con independencia de que se parezca poco, mucho o nada al arraigo, restringe la libertad y eso es directamente violatorio de la Constitución y de la Convención Americana…", dijo el ministro José Ramón Cossío.

Las comisiones de Derechos Humanos impugnaron los artículos 270 bis 1 y 271 del Código de Procedimiento Penales que fueron modificados en septiembre de 2013 por el Gobierno del Distrito Federal con la intención de abrogar el arraigo de la legislación capitalina.

Ministro presidente, Luis María Aguilar, sostuvo que la libertad, como derecho humano, solamente puede restringirse por una limitación contemplada de manera expresa en la Constitución "de otra manera es ilegal".

Apenas el pasado lunes, con una cerrada votación de seis votos a cinco, el pleno de Corte declaró constitucional el arraigo de 40 días en materia federal pero solo para delitos graves, previsto en el artículo 133 bis del Código Penal Federal, cuya vigencia estará hasta junio de 2016 cuando entrara en todo el país el nuevo sistema de justicia oral.

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