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SCJN avanza en discusión sobre constitucionalidad de evaluación magisterial

Aunque aún no se resuelve, los ministros avanzaron en aprobar los temas de forma como son la legitimidad de los promoventes, la oportunidad de la promoción, y la competencia de la Suprema Corte, todo con relación al amparo en revisión 295/2014.

CIUDAD DE MÉXICO. La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició este lunes la discusión del primero de 26 amparos que integrantes del magisterio promovieron contra la evaluación obligatoria al personal docente para el ingreso, promoción y permanencia.

Aunque aún no se resuelve, los ministros avanzaron en aprobar los temas de forma como son la legitimidad de los promoventes, la oportunidad de la promoción, y la competencia de la Suprema Corte, todo con relación al amparo en revisión 295/2014.

Los ministros también declararon "inoperante" el único agravio planteado por la autoridad responsable, consistente en que ninguno de los 71 profesores adheridos al amparo en revisión 295/2014 acreditó que tipo de nombramiento tenían, definitivo o temporal.

Con este argumento la autoridad pidió sobreseer los amparos pues dijo que no había certeza de que los artículos impugnados de las leyes General de Educación, General del Servicio Profesional Docente y del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación causen alguna afectación a los demandantes.

Sin embargo, por nueve votos a dos, los ministros advirtieron este punto resulta intrascendente para resolver el fondo del asunto, aún más porque 70 de los 71 profesores incluidos en este amparo, sí acreditaron con recibo de nómina ser profesores en activo.

Antes, los ministros solventaron por votación económica algunas fallas en que incurrió el Juez de amparo al resolver sólo con base en una de las tres leyes impugnadas, pues dijo que los quejosos solo aportaron pruebas con relación a ésta.

Ya en la recta final de la sesión que se prolongó por poco más de una horas con 15 minutos, los ministros plantearon además el primer agravio que promovieron en su amparo los profesores.

Esto consistente en una supuesta afectación que la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción y permanencia les causa a sus derechos consagrados en el artículo 123, apartado B, de la Constitución de la República, que refiere los derechos que tienen los trabajadores al Servicio del Estado.

Sin embargo, el ministro presidente Luis María Aguilar, cerró la sesión pues dijo que las intervenciones de cada uno de los ministros iban a ser largas y no daría tiempo de concluirlas. Será este martes cuando la discusión continúe.

Cabe recordar que el ministro ponente José Fernando Franco González Salas propuso a sus pares negar los amparos por "infundados" y declarar la constitucionalidad de la evaluación para el ingreso, permanencia y promoción del magisterio.

Franco González Salas advierte que dicha evaluación, prevista en los artículos 52, 53, Octavo y Noveno Transitorios de la Ley General del Servicio Profesional Docente, no viola los derechos del magisterio.

Entre ellos analizó los derechos a la dignidad humana, a tener un nivel de vida adecuado, a la audiencia previa, o a la libertad laboral y a la estabilidad en el empleo para los trabajadores al servicio del Estado.

En este último caso el ministro Franco González Salas advirtió que aunque la Ley prevé algunas restricciones, resultan "coherentes con los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México".

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