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Recaudación de plusvalía, según ley de vivienda es inconstitucional: diputados y académicos

El diputado local Fernando Zarate, explicó que la Constitución no faculta al gobierno para apropiarse del valor agregado que pueda tener un bien inmueble, lo que afecta el derecho de la propiedad consagrado en el Artículo 27 de la Constitución.

CIUDAD DE MÉXICO.- Diputados y académicos consideran inconstitucional la Ley de Vivienda aprobada este martes en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) porque permite la recaudación de la plusvalía sin que estén permitidos en la Constitución Federal de la República o en la carta magna local que se analiza aprobar en la Asamblea Constituyente.

Entrevistado por El Financiero, el diputado local Fernando Zarate, explicó que la Constitución no faculta al gobierno para apropiarse del valor agregado que pueda tener un bien inmueble, lo que afecta el derecho de la propiedad consagrado en el Artículo 27 de la Constitución que señala la facultad de usar, disfrutar y disponer de una propiedad.

"Si la Constitución no permite la expropiación, no puedes expropiar, si la Constitución no permite determinados impuestos no puedes cobrarlos", dijo.

Al ser la plusvalía invasiva del libre mercado y del concepto básico que es la propiedad privada y la propiedad pública, se prevé que una vez que entre en vigor se presenten cientos de juicios de constitucionalidad, acciones de inconstitucionalidad, controles opcionales o juicios de amparo, "es decir esta norma no tiene una buena salida", indicó.

Jesús Amador Valdez Díaz de Villegas, profesor del Departamento de Estudios Empresariales de la Universidad Iberoamericana, afirmó que el cobro de la plusvalía "deja la puerta abierta a la recaudación, de un valor intrínsenco que está generando la vivienda, el problema es que las viviendas no generan valor, lo que genera valor es el trabajo humano".

Por lo que recomendó que en la Ley de Vivienda "más que el término de plusvalía se debe utilizar el término de contribución por la posesión de una vivienda".

Indicó que debe contemplarse el concepto de gravamen por el concepto de tenencia de una vivienda, sería la forma correcta.

"Se debe contemplar para que quede un poco claro, bajo un concepto de transparencia, los rangos o porcentajes del gravamen que se están hablando, debe aparecer porque imagínate que tu adquieras una vivienda y después porque a un tipo se le ocurrió te van a decir que vas a pagar un gravamen del 50 por ciento".

Sin embargo, la diputada Dunia Ludlow, presidenta de la Comisión de Vivienda de la ALDF defendió la aprobación de la ley, al considerar que lo que se busca el artículo 94 es que el desarrollador inmobiliario ponga recursos, para contribuir, junto con el gobierno para que haya beneficio social".

Afirmó que "estos mecanismos de captación de plusvalía ya existen en nuestra ciudad y están vigentes, el predial es uno de ellos y el otro las contribuciones para mejoras".

Explicó que los recursos recaudados se utilizarán en en las mismas colonias donde se están dando los impactos negativos por las construcciones y se está generando el recurso y una parte del porcentaje, se irá a la vivienda de interés social y popular.

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