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Niegan que SCJN haya dado plazo para traslado de Alejandro Gutiérrez

El consejero jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinoza Cortés, reiteró que no existe ningún requerimiento para que se dé el traslado del imputado.

CHIHUAHUA.- "La Suprema Corte de la Nación (SCJN) no estableció plazo alguno para la entrega de Alejandro Gutiérrez Gutiérrez", sostuvo el consejero jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinoza Cortés.

Indicó que el acuerdo emitido el miércoles 23 de mayo se refiere a la inadmisión de un recurso de revisión presentado contra la sentencia del Décimo Tribunal Colegiado, que determinó que el juez competente para conocer una de las causas penales era el juez federal de la Ciudad de México que tiene su sede en el Reclusorio Norte.

El consejero jurídico reiteró que no existe ningún requerimiento para que se dé el traslado del imputado, por lo que seguirá recluido en el penal estatal, al igual que los otros imputados relacionados con el desvío de recursos públicos. Es decir, los exfuncionarios de la administración del exgobernador César Duarte, Antonio Enrique Tarín García y Gerardo Villegas Madriles.

En conferencia de prensa, Espinoza Cortés desmintió la versión divulgada toda vez que no hay un ultimátum, tampoco la entrega de Gutiérrez y de los otros imputados por delitos de peculado.

Dijo que el recurso de revisión desechado fue interpuesto por el gobierno de Chihuahua cuando aún era considerada la parte afectada en el caso del desvío de 250 millones de pesos, donde solicitaba una reconsideración, ante la resolución del Tribunal Colegiado, que pidió entregar el caso a un juez federal.

Informó que, ante esta determinación, interpondrán un nuevo recurso para buscar la posible de revocación contra este acuerdo. "No estamos de acuerdo que no lo admitan porque no estudian el fondo, cuando es una cuestión que debe ser estudiada por la SCJN y vamos a presentar un recurso en contra de este acuerdo", señaló Espinoza Cortés.

Aclaró que en el acuerdo se menciona un plazo de tres días, pero para responder a la SCJN sobre el cumplimiento dado a lo resuelto por el Tribunal. Lo cual, señaló, no le compete a la Consejería, sino a los jueces.

"La realidad es simplemente un acuerdo de la SCJN, donde no admite un recurso de revisión presentado en contra de la sentencia del Tribunal Colegiado, que determinó que el juez competente para conocer una de las causas penales era el juez federal de la Ciudad de México, es todo lo que ha resuelto la SCJN", precisó.

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