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Morena impugna resolución del INE por spot de 'Mexicanos Primero'

Según el representante de Morena ante el INE, se cometieron varias conductas irregulares al negar las medidas cautelares solicitadas a raíz del spot.

VALLE DE MÉXICO.- Luego que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazara suspender la difusión en radio y televisión del spot de la asociación 'Mexicanos Primero', el partido Morena impugnó la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Horacio Duarte Olivares, representante de Morena ante el INE, argumentó que se cometieron varias conductas irregulares al negar las medidas cautelares solicitadas por partidos políticos y ciudadanos.

"En el promocional, donde aparecen cinco niños personificando a los candidatos presidenciales, se hace de manera ilegal un llamado a no votar por un candidato, se utiliza y ridiculiza a menores de edad, y una asociación civil compra espacios publicitarios en salas de cine, radio y televisión".

Resaltó que de ninguna manera está razonada la conclusión del intituto de que el promocional no contiene frases que tengan la finalidad de influir en las preferencias electorales, a pesar de que se incluye la oración `Piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa´.

En ese sentido, Duarte Olivares consideró que la Comisión de Quejas del INE "una vez más se contradice, porque sea cual sea el 'candidato' al que quiere referirse, lo cierto es que sí alude directa y definitivamente a una preferencia electoral, y por lo tanto el promocional se encuadra en propaganda electoral y no política.

"Además en el acuerdo no se atiende a la superioridad del interés de la niñez. Hay una incongruencia porque primero reconoce y argumenta la superioridad del interés de la niñez, no obstante niega la medida cautelar que tienda a evitar daños presentes y futuros, o por lo menos a disminuirlos", añadió.

El documento entregado al INE señala "que la resolución se aparta de la ley, porque hace una interpretación maniquea del artículo 41 constitucional, llegando a la conclusión de que el promocional denunciado por Morena y otros, es una excepción a la que no les es aplicable la prohibición de comprar tiempos y espacios en radio y televisión".

Finalmente, apunta que con esta determinación se violaron varios artículos constitucionales, "entre ellos: 1, 14, 16, 17 y 41, así como los 462 y 468 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, además del 38 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral".

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