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¿Por qué la CDMX ya no será como la conocíamos tras las elecciones?

No sólo pasó de 'Distrito Federal' a 'Ciudad de México'; hay otros cambios en la estructura política de la capital mexicana y los comicios del domingo pasado fueron un partegauas para ello.

Si votaste en la CDMX, ¿notaste algo diferente en la boleta? ¿Viste que la urna decía Alcaldía en lugar de Delegación? Bueno, ese es tan solo uno de los cambios que se generó tras la reforma política de la Ciudad de México.

La reforma política de la Ciudad de México, trabajo iniciado desde 2015, fue una serie de cambios y derogaciones en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia electoral, constituyente y de los tres poderes del otrora Distrito Federal, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016.

Una de las cosas que más destacó en los artículos modificados o derogados en la Constitución federal fue el de cambio de nombre del Distrito Federal: la capital mexicana ahora tiene por nombre oficial Ciudad de México.

Sin embargo, éste no es el cambio más importante en la reforma política de la CDMX. Entre las modificaciones, se encuentra que la Ciudad de México pasa a ser una entidad totalmente autónoma, con un sistema similar a de los 31 estados restantes de la República.

Además de ello, la Ciudad de México ahora se conformará por el Jefe de Gobierno de la CDMX (equivalente a un gobernador), 16 alcaldías (en vez de delegaciones) con sus respectivos concejales, un Congreso local (que sustituye a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), órganos del sistema judicial, entre otros.

El 1 de julio, los habitantes de la Ciudad de México votaron para elegir alcaldes, miembros del Congreso y Jefe de Gobierno, y entre los resultados más relevantes están los virtuales triunfos de Claudia Sheinbaum en la Jefatura de Gobierno y de Morena en 11 de las 16 alcaldías.

Tanto los diputados del Congreso como los alcaldes de la CDMX tendrán una duración en el cargo de tres años, igual que antes de la reforma política de 2016.

El mayor cambio para alcaldes y concejales es que podrán ser reelegidos por un periodo más.

En tanto, para diputados del Congreso de la Ciudad de México, los integrantes podrán ser reelegidos por cuatro periodos más, algo que sólo estaba permitido en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos para disputados de otros estados, diputados federales y senadores.

"En la Constitución Política de la Ciudad de México se establecerá que los diputados a la Legislatura podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación deberá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato", se lee en el DOF en la reforma política de la CDMX publicada el 29 de enero de 2016.

Cada alcaldía estará integrada por un Concejo, el cual, dependiendo el tamaño de la demarcación, tendrá entre 10 y hasta 15 integrantes. El 60 por ciento de sus miembros será del partido o alianza que gane la alcaldía; el otro 40 por ciento provendrá de otros partidos por la vía de representación proporcional.

El Congreso de la Ciudad de México deberá estar compuesto por 66 diputados: 33 elegidos por mayoría relativa y 33 por representación proporcional. Actualmente, la VII Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene la misma cantidad de legisladores, pero con 40 de mayoría relativa y 26 de los llamados 'plurinominales'.

Todos estos cambios están reflejados en la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual fue aprobada y expedida el 31 de enero de 2017, tal como lo dio a conocer el en aquel entonces Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera. Esta Constitución fue publicada en el DOF y en la Gaceta Oficial de la CDMX el 5 de febrero de 2017, en el aniversario número 100 de la promulgación de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.

El 6 de febrero de 2017 comenzaron en la Ciudad de México todas las modificaciones en materia electoral; sin embargo, la Constitución de la CDMX entra en vigor hasta el 17 de septiembre de 2018.

De este documento se desprenden fechas relevantes a tener en cuenta, por lo que aquí te dejamos una línea del tiempo, basada en los artículos transitorios 1, 8, 10 y 11 de la Constitución de la Ciudad de México, para que los tengas en la mira.

-29 de enero de 2016: se publican en el DOF los artículos que se derogan y reforman de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México. Es decir, todos los nuevos cambios en la Ciudad de México, incluido el nombre, alcaldías, concejo, Congreso local, entre otras.

-15 de septiembre de 2016: la Asamblea Constituyente de la CDMX, con 100 integrantes, se reúne para comenzar la redacción de la Constitución de la capital mexicana.

-31 de enero de 2017: se expide y publica la Constitución de la CDMX en sesión solemne del Pleno de la Asamblea Constituyente de la CDMX.

-5 de febrero de 2017: se publica en el DOF y la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Constitución Política de la CDMX.

-6 de febrero de 2017: entra en vigor la parte de la Constitución de la CDMX que habla de materia electoral.

-17 de septiembre de 2018: entra en vigor la Constitución Política de la CDMX.

-17 de septiembre de 2018: entran en vigor las leyes relativas al Poder Legislativo.

-1 de octubre de 2018: inician las disposiciones relativas al Consejo Judicial Ciudadano y al Consejo de la Judicatura.

-5 de diciembre de 2018: entran en vigor las leyes relativas al Poder Ejecutivo.

-31 de diciembre de 2018: fecha límite para que quede constituido el Consejo Judicial Ciudadano.

-1 de enero de 2019: inician las disposiciones relativas a la Sala Constitucional.

-1 de febrero de 2019: entra en vigor la ley constitucional en materia de derechos humanos.

-1 de junio de 2019: entran en vigor las leyes relativas al Poder Judicial.

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