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Juez pide que se tome en cuenta declaración de uno de juniors que no fue imputado en caso Daphne

El juez ordenó a la Sala Constitucional del TSJ de Veracruz dejar sin efectos la resolución en la que decretó el no ejercicio de la acción penal en contra de cuatro jóvenes, y reponga la averiguación previa para considerar el testimonio de uno de ellos.

El juez Anuar González Hemadi, titular del Juzgado Tercero de Distrito del Séptimo Circuito en Boca del Río, concedió un amparo a Jorge Fernández, padre de Daphne, menor presuntamente violada por los jóvenes conocidos como 'Los Porkys', al considerar que el Ministerio Público no tomó en cuenta la declaración de uno de los imputados.

En su sentencia, la autoridad señala que la actuación del fiscal de Veracruz transgredió los derechos fundamentales de la menor consagrados en los artículos 17, 20 y 21 constitucionales, al omitir el desahogo de la prueba dentro de la indagatoria.

Subrayó que no existe causa alguna para la conducta en que incurrió la autoridad que justifique el impedimento legal o la imposibilidad para llevar a cabo la diligencia ordenada el 7 de marzo de 2016.

Asimismo, advirtió de una violación procesal dentro de la averiguación previa y que deriva de la falta de diligencia en la integración de la misma y que tampoco fue vista por la Sala responsable del Tribunal Superior de Justicia del estado.

Por ello, ordenó a la Sala Constitucional del TSJ de Veracruz dejar sin efectos la resolución dictada, en la que decretó el no ejercicio de la acción penal en contra de cuatro hombres, para que instruya la reposición de la averiguación previa, únicamente en la parte que no fue consignada en tribunales, a fin de que el fiscal investigador recabe dicha declaración, precisando si debe hacerlo en calidad de probable responsable o bien de testigo o, bien se exprese la imposibilidad material o temporal para su desahogo.

Y es que al denunciar, la menor mencionó a Enrique Capitaine, Jorge Cotaita, Diego Cruz y a Gerardo Rodríguez, pero la Fiscalía de Veracruz omitió contemplar el delito de privación ilegal de la libertad contra los cuatro jóvenes, lo que permitió que a uno de ellos, -Rodríguez Acosta-, no se le imputara ningún tipo de delito y no sea buscado por la justicia.

También el juez determinó que la Sala responsable no advirtió que de los hechos denunciados podrían configurarse un delito diverso a los ya expuestos, como es el de corrupción de menores en la modalidad de facilitación de alcohol a menores de edad, por lo que ordenó una averiguación al respecto

Por otra parte, resolvió sobreseer por lo que hace al ejercicio de la acción penal en contra de tres de los cuatro presuntos responsables, por lo que hace a la probable comisión del delito de pederastia, al establecerse la existencia de un cambio de situación jurídica.

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