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Jalisco busca penalizar "sextorsión" como delito grave

La acción de compartir o difundir material con contenido sexual sin consentimiento de quienes intervienen en el mismo y luego convertirlo en instrumento para el chantaje sería considerado un delito grave en Jalisco, asegura el impulsor de la iniciativa, el diputado local Miguel Castro Reynosos.

GUADALAJARA, Jal.- El chantaje basado en audios, fotografías y videos con contenido erótico sexual, llamado "sextorsión" podría ser considerado un delito grave que alcanzaría penas ejemplares.

El diputado local por Jalisco, Miguel Castro Reynosos, promotor de la iniciativa, señala que se trata de ajustarse a los cambios sociales producidos por el desarrollo tecnológico, ya que se han trastocado varios aspectos de la vida privada de las personas "y aunque la mayoría han sido para su beneficio, también han aparecido formas de interacción social que pueden ser constitutivas de invasiones a la privacidad o lesivos al buen nombre".

La acción de compartir o difundir el material descrito, sin consentimiento de quienes intervienen en el mismo, y luego convertir esos contenidos en instrumentos para el chantaje, comúnmente se conoce como extorsión.


La iniciativa plantea generar en el Código Penal del estado un tipo de conducta mediante la modificación al articulo 190 para complementar el delito de chantaje, y para tener un tipo penal preciso, completo y cerrado.

Para establecer esta conducta con precisión, se respeta la estructura original del delito de chantaje, el cual contempla un activo que pretende lograr un beneficio; luego que el medio para lograr ese beneficio sea mediante la intimidación a través de la divulgación de hechos ciertos o falsos, con los contenidos descritos, y usando plataformas de difusión a través de redes sociales o viralización de correos electrónicos y grupos de comunicación en teléfonos inteligentes..

A quien incurra en extorsión se le impondrá una sanción económica del 33 por ciento de lo que representa el delito de chantaje simple.

En lo que toca a las penas corporales, el diputado refiere que "son de ocho meses a ocho años de prisión, pero si se consuma del pago solicitado o el activo obtiene el beneficio planteado, se configura el delito de extorsión haciendo acreedor a una sanción que va de uno a nueve años de cárcel", agregó que en caso de que el beneficio sean favores sexuales, podría configurar la violación.

El legislador reconoció que Jalisco es el primer estado en legislar al respecto, y en caso que los activos de la extorsión sean menores de edad, se deberán promover adecuaciones a la Ley de Adolescentes.

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