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¿Por qué es imposible anular la Ley de Seguridad Interior?

El abogado Fabián Aguinaco Bravo consideró que las impugnaciones que se presenten sólo podrían echar abajo algunos artículos y no toda la ley.

CIUDAD DE MÉXICO.- Será imposible que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalide por completo la Ley de Seguridad Interior promulgada el jueves pasado, la cual regula la actuación de las Fuerzas Armadas para seguridad pública.

"Cuando más podrán echarse abajo algunos artículos, para lo cual hay que recorrer un largo camino", señaló en entrevista con El Financiero el abogado constitucionalista Fabián Aguinaco Bravo.

"Se podría impugnar toda la ley si se considera algún vicio en su creación o si se considera que todos los artículos son contrarios a la Constitución; creo que no es así, por lo que la impugnación será de algunos artículos, párrafos o parcelas de la ley", dijo.

Explicó que son diversas las vías para que la Corte estudie la ley. Una es la controversia constitucional, que podrán promover los poderes locales o federal, que sientan vulnerada su competencia con esta ley.

Una segunda vía es la acción de inconstitucionalidad, que podría promover el Ejecutivo Federal, las minorías en la Cámara de Diputados o el Senado, los Congresos locales, partidos políticos u órganos autónomos como la CNDH.

Focos
Los motivos. Las impugnaciones serán porque la ley viola el principio constitucional de que la seguridad pública debe estar a cargo de civiles y no militares, prevén.

El tiempo. No hay un plazo fatal para que la Corte emita una resolución. "Esto lleva tiempo, no va a ser inmediato", señalan.

El plazo máximo para promover los recursos es 30 días naturales posteriores a la promulgación de la ley. "No es una puerta abierta a la eternidad, es, en realidad, un periodo muy breve en lo que surte efecto la publicación y entra en vigor la norma", dijo Aguinaco.

La última vía es juicio de amparo, el cual podría promover cualquier ciudadano, si considera que con ello se violan sus garantías fundamentales.

En este caso, el juicio de amparo podría promoverse ante los juzgados federales o bien un amparo directo ante la SCJN.

En cualquier caso, señaló el abogado, no hay un plazo fatal para que la Suprema Corte emita una resolución. "Lleva tiempo, no va a ser inmediato", subrayó el especialista en Derecho Constitucional.

Apuntó que las ONG que han manifestado una franca oposición también tienen la posibilidad y obligación de influir en la resolución que dicte la Corte.

A su juicio, las impugnaciones serán porque la ley viola el principio constitucional de que la seguridad pública debe estar a cargo de corporaciones civiles y no militares.

"Ese es un tema fundamental y es inconstitucional, desde luego se debe atender el problema que todos quisieran, una norma para que las Fuerzas Armadas puedan conducirse, pero no a costa de que se violen los principios constitucionales", puntualizó.

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