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Hasta cinco años de cárcel a quien posea cargadores de cartuchos de armas

Una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuegos y Explosivos que tipifica por primera vez en México la posesión ilegal de cartuchos y cargadores que sancionara hasta con cinco años de prisión.

Senado de la República aprobó en el periodo de sesiones que concluyó una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuegos y Explosivos, la cual tipifica por primera vez en México la posesión ilegal de cartuchos y cargadores, y que sancionará hasta con cinco años de prisión.

La reforma que fue turnada al Ejecutivo Federal para su publicación, busca frenar y sancionar el tráfico de arsenales en México que entran principalmente por la frontera con Estados Unidos y que son utilizadas por grupos delictivos, destacó el senador priista Arturo Zamora, promotor de los cambios legales.

De acuerdo con un estudio de la Frontera Norte se estima que de las 15 millones de armas circulantes, el 85 por ciento es ilegal, una cifra que pudo haber aumentado en años recientes.

Asimismo se calcula que seis mil 700 armerías se concentran en las zonas fronterizas de California, Arizona, Nuevo México y Texas, componiendo la frontera en un gran mercado binacional. Las estimaciones señalan que unas 2 mil armas se introducen de manera ilegal de Estados Unidos a México cada día.

Zamora Jiménez, indicó que la reforma reconoce que en los últimos años se ha incrementado de manera considerable la capacidad de fuego de la delincuencia organizada haciendo acopio de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como cartuchos y cargadores, los cuales carecen de regulación y sanción.

La reforma al artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos plantea que "al que de manera ilícita posea cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le sancionará" con las siguientes penas:

Prisión de uno a dos años y de 50 a 100 días de salario mínimo, cuando se trate de dos y hasta cinco cargadores. La pena será de dos a cinco años de cárcel y de 100 a 200 días de multa en el caso de que se trate de más de cinco cargadores.

En la reforma se argumenta que ante el aumento del tráfico de armas en el país y la recurrencia de algunas conductas delictivas, es necesario sancionar no sólo la posesión ilegal de armamento sino también de los cartuchos y cargadores de las mismas, ya que existía un vacío legal cuando se detenía a personas con decenas de estos dispositivos que contienen balas.

"La ausencia de un tipo penal para sancionar las conductas de posesión de cargadores de cartuchos puede limitar el ejercicio de la acción penal hacia personas o grupos de la delincuencia organizada, que a través de la posesión de cartuchos pretendan fortalecer sus capacidades", señala la reforma.

Esta acción legal es congruencia con el aumento del tráfico de armas de Estados Unidos hacia México, ya que se cuenta con un marco legal más certero que sancione no sólo la posesión de armas, sino también cargadores y cartuchos.

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