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El titular de la Función Pública será aprobado por el Senado

Tras larga discusión en la Comisión de Gobernación se aceptó que su actual titular, Virgilio Andrade, se queda en el cargo.A

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que establece que el próximo titular de la Secretaría de la Función Pública tendrá que ser ratificado por las dos terceras partes de los integrantes del Senado de la República.

Se expone que el titular del Ejecutivo Federal hará la propuesta de la persona que formará parte de su gabinete, pero tendrá que ser calificado y avalado por los senadores.

De igual forma, tras una larga discusión, al final se aceptó que el actual secretario, Virgilio Andrade, continúa en el cargo, ya que prácticamente la totalidad de los legisladores de los partidos de oposición demandaron que debía ser destituido de inmediato "porque ha dejado una muy mala imagen del gobierno y del país por sus nulos resultados":

El dictamen, que será presentado este jueves al Pleno de los 500 legisladores, establece también que la Secretaría de la Función Pública será la autoridad encargada del control interno de la Administración Pública Federal.

El documento indica que a la SFP corresponde organizar y coordinar el sistema de control interno del Ejecutivo federal y la evaluación de la gestión gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Además, le concierne validar los indicadores para la evaluación de la gestión gubernamental, en los términos de las disposiciones aplicables.

Deberá expedir las normas que regulen los instrumentos y procedimientos de control interno de la Administración Pública Federal, para lo cual podrá requerir de las dependencias competentes la expedición de normas complementarias para el ejercicio del control administrativo, señala el dictamen.

Lo anterior, continúa, sin menoscabo de las bases y principios de coordinación y recomendaciones emitidas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Igualmente deberá fiscalizar directamente o a través de los órganos internos de control que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República cumplan con las normas; y designar y remover a los auditores externos de las entidades, así como normar y controlar su desempeño.

En su caso -prosigue- designar y remover a los titulares de los Órganos Internos de Control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, así como de las unidades administrativas equivalentes en las Empresas Productivas del Estado.

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