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Destraban en San Lázaro Ley de Transparencia

El documento, en poder de los diputados desde noviembre pasado, es el texto base de las leyes secundarias que regulan la reforma al artículo 6o. constitucional, aprobada desde hace más de un año.

CIUDAD DE MÉXICO.- En una sorpresiva estrategia del PRI, PAN, PRD y PVEM, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados logró descongelar la minuta del Senado que propone la nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, considerada el alma del Sistema Nacional Anticorrupción.

El documento -en poder de los diputados desde noviembre pasado- es el texto base de las leyes secundarias que regulan la reforma al artículo 6o. constitucional, aprobada desde hace más de un año.

Con un documento elaborado por un grupo de trabajo, encabezado por el PVEM, los tres partidos mayoritarios elaboraron un dictamen alterno, que fue presentado, votado y aprobado por mayoría en la Comisión de Transparencia, que preside el diputado de Morena, Rogerio Castro Vázquez.

El proceso legislativo se encontraba empantanado porque el presidente de la Comisión insiste en hacer modificaciones al texto propuesto por los senadores, en diversos capítulos, principalmente en la transparencia de las empresas productivas, filiales y subsidiarias, así como en los derechos de los trabajadores, que se les pasa del apartado B al art 23 pero a la fracción 14, donde los ponen como trabajadores de confianza, lo que califico como "errores que no debemos dejar pasar".

Esta polémica nueva Ley Reglamentaria busca garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, ente autónomo, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad.

Algunos de sus objetivos son: proveer lo necesario para que todo solicitante pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos; transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral, y favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos.

También determina que la información reservada podrá permanecer con tal carácter hasta por cinco años, con posibilidad de ampliarse por el mismo periodo.

Prevé que no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Para el cumplimiento de sus objetivos, los sujetos obligados tienen que contar con Comités de Transparencia y las Unidades de Transparencia, así como vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo con su normatividad interna.

Además, deben constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable; promover la generación de documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles; proteger y resguardar la que se clasifique como reservada o confidencial.

El nuevo ordenamiento también propone que los fideicomisos y fondos públicos, considerados entidades paraestatales, deberán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y esta Ley Federal por sí mismos, a través de sus propias áreas, Unidades de Transparencia y Comités de Transparencia.

Las personas físicas o morales que reciben y ejercen recursos públicos o ejecuten actos de autoridad, cumplirán con las obligaciones de transparencia que determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Una vez aprobada en el Pleno de los 500 diputados, esta ley será enviada ya al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, y sólo se esperarían las que están pendientes en el Senado, que tienen que ver con las nuevas facultades que se deben otorgar a la Secretaría de la Función Pública, y a las responsabilidades y obligaciones de los servidores públicos, como es la necesaria presentación de su declaración 3 de 3, entre otros temas.

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