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Cuauhtémoc Blanco 'mete gol'; Corte evita su destitución

Una controversia constitucional promovida por el municipio de Cuernavaca fue admitida por la Suprema Corte y de esta forma se concedió la suspensión solicitada contra la destitución que ordenó el Tribunal de Justicia Administrativa de Morelos.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional promovida por el municipio de Cuernavaca contra la destitución, por desacato, e inhabilitación por seis años de su presidente Cuauhtémoc Blanco e integrantes del ayuntamiento.

Al aceptar a trámite dicha controversia, el ministro Arturo Zaldívar concedió al municipio la suspensión solicitada contra la destitución que ordenó el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Morelos.

Dicha suspensión tiene el efecto de que no se ejecute la resolución impugnada en la demanda hasta que el ministro Arturo Zaldívar analice el caso y resuelva el fondo del asunto.

La controversia fue presentada por la síndica del municipio de Cuernavaca en contra del TJA y los poderes Legislativo y Ejecutivo de esa entidad, para demandar la invalidez del decreto 2193, publicado en el Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' número 5514 de fecha 19 de julio de 2017.

El referido decreto invoca el artículo 91 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, relativa a la declaración del magistrado instructor de determinar el desacato de una autoridad para cumplir una determinación del TJA de Morelos, y facultándolo para emitir la destitución e inhabilitación por seis años para desempeñar cualquier cargo, empleo o comisión dentro del servicio público estatal o municipal.

La administración de Cuauhtémoc Blanco argumentó que tal declaración resulta incongruente en una interpretación de la propia norma administrativa en su artículo 11 fracción V, además de ser contraria a los preceptos constitucionales de integración y autonomía municipal.

En el acuerdo de admisión, el ministro Zaldívar resolvió que se tiene como demandados en este procedimiento constitucional a los poderes Legislativo y Ejecutivo, al Tribunal de Justicia Administrativa, así como al Secretario de Gobierno, todos del Estado de Morelos.

Acordó también emplazar a las autoridades demandadas para que contesten dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.

Además, las requirió para que junto con sus informes envíen a la SCJN las pruebas relacionadas con el caso, bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.

La destitución se dio por el adeudo, desde la administración anterior, de 27 millones de pesos a la empresa que brinda el servicio de recolección de basura.

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