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Conductores no violaron ley con expresiones contra spots del INE: TEPJF

El tribunal consideró que expresiones de Joaquín López Dóriga, Javier Alatorre, Carolina Rocha y Jorge Zarza durante la transmisión de la visita papal,  fueron “cáusticas, críticas, vehementes”, pero se enmarcaron en su derecho a la libertad de expresión.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) absolvió a cuatro conductores de televisión de haber violado el artículo 41 constitucional al criticar la obligación de difundir spots de autoridades electorales y partidos en el marco de las transmisiones de la visita papal a México.

La Sala Regional Especializada dependiente de dicha instancia concluyó que las expresiones de los conductores Joaquín López Dóriga (Televisa), Javier Alatorre, Carolina Rocha y Jorge Zarza (Tv Azteca) fueron "cáusticas, críticas, vehementes", pero se enmarcaron en su derecho a la libertad de expresión.

Ello, en respuesta a una queja de oficio iniciada por el INE —en febrero pasado—, luego de detectar que estos cuatro conductores emitían mensajes criticando la obligación de cortar la transmisión papal para difundir los spots con motivo de la elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

Incluso, el instituto pidió a su Comisión de Quejas emitir una medida cautelar contra estos conductores, consistente en pedirles no emitir esos comentarios que, para el instituto, eran equiparable a una cortinilla.

La comisión lo rechazó y el tema quedó en manos de la Sala Regional Especializada quien al resolver el caso no le dio la razón al INE, pues no detectó que la transmisión de los promocionales se realizara de forma incompleta o alterada.

"Los comentarios constituyeron un ejercicio dirigido a informar, cuestionar y criticar la difusión de los spots que no fue alterada", concluyó la sala.

La magistrada Graciela Villafuerte explicó que el artículo 16 constitucional ya contempla los derechos de las audiencias y su reconocimiento reafirma, en este caso, que los conductores tenían derecho a la libertad de expresión en su vertiente de acceso a la información que tienen los ciudadanos.

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