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CEAV publica reglas para transmitir datos a registro de víctimas

El objetivo de esta normatividad, que entrará en vigor este sábado, es establecer las condiciones, datos y requisitos mínimos para el debido manejo, transferencia y custodia de la información que se encuentre en posesión de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

CIUDAD DE MÉXICO. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la transmisión de información al Registro Nacional de Víctimas (Renavi).

El objetivo de esta normatividad, que entrará en vigor mañana, es establecer las condiciones, datos y requisitos mínimos para el debido manejo, transferencia y custodia de la información que se encuentre en posesión de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

Ello, para garantizar la confidencialidad, integridad, seguridad y privacidad de los datos personales, así como las medidas de ayuda inmediata, asistencia, protección y reparación otorgadas a las víctimas de delitos y violaciones de derechos humanos, para asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita.

El documento señala que para el ingreso de los datos al Registro Nacional de Víctimas se utilizará el Formato Único de Declaración, el cual deberá ser modificado a más tardar a los 45 días hábiles posteriores a la publicación de los presentes lineamientos.

A fin de contar con las medidas de seguridad para la transmisión de información, los organismos tendrán 90 días naturales a partir de mañana para establecer estas acciones, las cuales tendrán el carácter de información reservada y serán de acceso restringido.

El documento indica que la primera transmisión de información a la plataforma del Renavi por parte de los registros locales de Víctimas se realizará una vez que se suscriban los convenios de colaboración entre el registro y las entidades federativas en un plazo no mayor a 90 días naturales posteriores a mañana.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas emitirá anualmente las recomendaciones sobre los estándares mínimos de seguridad aplicables a los registros de víctimas que se encuentren en poder de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Atención a Víctimas y determinará el nivel de protección que ameriten.

Las primeras recomendaciones serán emitidas dentro de los primeros 10 días hábiles de diciembre de 2015.

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