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Maduro podrá ser candidato sin dejar de ser mandatario encargado



Notimex
 

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) sentenció que Nicolás Maduro podrá postularse a las elecciones presidenciales, sin necesidad de dejar el cargo de mandatario encargado para el que se juramentará este viernes 8 de marzo.
 
 
Según la entidad, el Consejo Nacional Electoral "puede admitir la postulación del presidente encargado para participar en el proceso para elegir al presidente de la república por no estar comprendido en los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 229 constitucional".
 

Los 7 magistrados de dicha sala establecieron que, verificada la falta absoluta del presidente Hugo Chávez, el vicepresidente ejecutivo se convierte en mandatario encargado y cesa en el ejercicio de su cargo anterior.
 

La sala interpretó el artículo 233 de la Constitución Nacional y resolvió que ante la falta absoluta del presidente de la República, se debe convocar "a una elección universal, directa y secreta", tras una solicitud presentada por el abogado Otoniel Pautt Andrade.
 

También se establece que "En su condición de presidente encargado, (el vicepresidente ejecutivo) ejerce todas las atribuciones constitucionales y legales como jefe del Estado, jefe de gobierno y comandante en jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana".
 

La Sala Constitucional estableció que "el presidente encargado debe juramentarse ante la Asamblea Nacional", lo que está previsto para la noche de este viernes en la capilla ardiente instalada en la Academia Militar de Caracas.
 

El documento será publicado en las Gacetas Oficial y Judicial, bajo el título: "Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que fija la interpretación vinculante del artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela".

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