Monterrey

Oro político en un 5k

OPINIÓN. Desde julio de este año estuvimos viendo en medios un debate sobre el inicio del proceso electoral (PE): ¿octubre o noviembre? El asunto era un decreto de reforma electoral que se aprobó en junio y se publicó hasta julio, dos días después de la fecha límite: de acuerdo con el artículo constitucional 105 las leyes electorales no pueden modificarse hasta 90 días antes del inicio del PE, sobre todo en los temas más importantes.

Los partidos políticos en Nuevo León se unieron para el bien común, hicieron lo que estaba en sus manos para dar certeza y estabilidad al estado, aunque se dude.

Quizá sea difícil advertirlo por la complejidad del sistema judicial y la enredadera de leyes que a veces se cruzan y se contradicen al interpretarlas, pero trataré de sacar el brillo de esta experiencia.

Desde julio de este año estuvimos viendo en medios un debate sobre el inicio del proceso electoral (PE): ¿octubre o noviembre? El asunto era un decreto de reforma electoral que se aprobó en junio y se publicó hasta julio, dos días después de la fecha límite: de acuerdo con el artículo constitucional 105 las leyes electorales no pueden modificarse hasta 90 días antes del inicio del PE, sobre todo en los temas más importantes.

Esto es, las reglas del juego deben estar claras 90 días antes de que empiece la "liguilla electoral" y ya no se pueden hacer cambios.

De acuerdo con la reforma de 2014, la fecha de inicio es la primera semana de octubre, pero en el decreto aprobado en junio se dice que, por esta ocasión, 2017, el inicio es en noviembre. En ese momento el dilema para la autoridad electoral, la CEE, fue decidir la fecha base para contar los 90 días. Aquí intervino otra variable, hay una máxima en el quehacer jurídico que dice que la ley es vigente hasta que se publica, no necesariamente cuando se aprueba en el congreso. Y tiene sentido, ¿cómo se puede actuar legalmente si la ley no es pública, si no se ha dado a conocer a la población?

Entonces vinieron las opiniones jurídicas de gente muy experta, pero con interpretaciones muchas veces opuestas. Por un lado se sostuvo que noviembre era la fecha, entonces la publicación de la ley estaba en tiempo para cambiar las reglas. Por el otro lado, se consideraba que la ley para contar los días era la del 2014 y sobre eso debía hacerse la agenda de trabajo del Congreso para asegurar que la publicación del decreto respetara los 90 días.

Y así pasamos julio, agosto y septiembre entre dimes y diretes mediáticos, también con acciones de inconstitucionalidad que llegan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A finales de septiembre la SCJN sesiona para ver este asunto por urgente y resulta que deciden por mayoría que debían estudiarlo más a fondo–otra novela jurídica digna de escribirse-; pero para efectos de calendario y procedimientos, también por mayoría, deciden elegir noviembre a fin de tener tiempo de revisarlo bien.

Ante la determinación de la SCJN de no determinar y la llegada de octubre, la CEE –árbitro en la liguilla electoral- tenía que tomar la decisión tan debatida y no resuelta. Cualquier decisión iba a enardecer nuevamente los ánimos y lo único que se iba a lograr era generar incertidumbre y más desconfianza entre la ciudadanía. Pero se habló con los partidos políticos, todas las instituciones comprendieron la complejidad de la situación y todas, de todos los colores, acordamos generar certeza al estado. Noviembre fue la decisión atendiendo las discusiones de la SCJN, nadie hizo más olas mediáticas, ni alegó tener la razón. Indistintamente de la resolución de la SCJN, que finalmente llegó el pasado 26 de octubre, este acuerdo político en aras de la certeza, es oro político en Nuevo León.

La autora es Consejera Electoral en el estado de NuevoLeón y promotora del cambio cultura a través de la Educación Cívica y la Participación Ciudadana.

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.

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