Monterrey

Inician examen de vigencia de cuota a importaciones de cable coaxial

La SE destacó que de acuerdo a la legislación existente, las cuotas compensatorias definitivas se eliminarán en un plazo de cinco años contados a partir de su entrada en vigor, a menos haya iniciado, antes de concluir dicho plazo, un examen de vigencia derivado de la manifestación de interés de uno o más productores nacionales.

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), originarias de China, independientemente del país de procedencia.

La dependencia señaló que el 10 de agosto de 2012 se publicó en el DOF la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones del producto en cuestión imponiendo cuotas compensatorias de 88 por ciento para las provenientes de Hangzhou Chuangmei Industry Co. Ltd. y Hangzhou Risingsun Cable Co. Ltd., y 345.91 por ciento para las provenientes de las demás exportadoras de China.

Agregó que el 5 de enero de 2015 se publicó en el DOF la resolución final de la revisión de las cuotas compensatorias, en la que se determinó modificar éstas a 4.32 dólares por kilogramo.

La paraestatal indicó que el 28 de junio de 2017 Conductores Monterrey (CMSA) manifestó su interés en que la Secretaría inicie el examen de vigencia de estas cuotas compensatorias definitiva impuesta a las importaciones de cable coaxial del tipo RG.

Para lo anterior, la empresa propuso como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2012 al 30 de junio de 2017.

La SE destacó que de acuerdo a la legislación existente, las cuotas compensatorias definitivas se eliminarán en un plazo de cinco años contados a partir de su entrada en vigor, a menos haya iniciado, antes de concluir dicho plazo, un examen de vigencia derivado de la manifestación de interés de uno o más productores nacionales.

En el presente caso, CMSA, en su calidad de productora nacional del producto objeto de examen, manifestó en tiempo y forma su interés en que se inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria en cuestión.

También lee: