Monterrey

¿En realidad es “privado” el fideicomiso 80460 que está financiando al nuevo aeropuerto de la CDMX?

OPINIÓN. Hacer que la deuda pública contratada sea considerada privada, se transforme en ingreso propio de gobierno, y que luego pase a inversión pública presupuestal, más que premio, merece castigo.

(parte 1 de 2).
El controvertido Fideicomiso 80460, es el vehículo financiero utilizado para colocar la deuda con la que se está financiando, en buena parte, la construcción del nuevo aeropuerto de la CDMX, pero su información ha sido reservada por NAFINSA, en su calidad de Fiduciario, argumentando que este Fideicomiso es "Privado" y lo protege el secreto fiduciario, lo cual avaló el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información.

Este Fideicomiso que forma parte del "premiado" esquema financiero para el nuevo aeropuerto, es un refrito, ya que los mismos actores lo habían utilizado ya en el año 2005, para financiar la ampliación de la Terminal 1 y la construcción de la Terminal 2 del actual Aeropuerto Benito Juárez de la CDMX.

En efecto, el 23 de mayo de 2005, mediante oficio 4.237 la SCT le autorizó a la empresa Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México S.A. de C.V. (AICM), empresa 100 por ciento paraestatal, operadora del actual aeropuerto, la Cesión Onerosa (Venta) de sus Derechos de cobro de la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) a favor de NAFINSA.

La idea era que el adquirente de estos derechos, utilizándolos como garantía, contratara un crédito bancario para pagar la cesión y con esos recursos, AICM pagaría aprovechamientos, mismos que posteriormente se destinarían a las obras del aeropuerto, vía presupuesto público.

De esta manera, el 26 de agosto de 2005 nace este famoso fideicomiso 80460 teniendo a NAFINSA como agente Fiduciario, (quien celebra el contrato de Cesión de Derechos con AICM) pero teniendo como Fideicomitente a INBURSA, sin que se sepa por qué, ni que bienes fideicomitió, (gracias al secreto fiduciario), y por eso se dice que es "privado", y entérese Ud., teniendo como fideicomisarios (los que reciben los beneficios) nada más y nada menos que a AICM y Grupo Aeroportuario, así o más a modo?

El objeto de este Fideicomiso (que ya ha tenido CUATRO modificaciones) fue adquirir deuda para pagar la contraprestación de la cesión de derechos, así como administrar la TUA, honorar los compromisos de la deuda, transferir anualmente los remanentes de este TUA a AICM, y una vez liquidados los créditos, DEVOLVERLE a AICM estos derechos de cobro, así como lo lee.

Conociendo el objeto del Fideicomiso 80460, es simplemente ingenuo pensar que esta supuesta "venta" de derechos puede ser real, ya que no existe ninguna utilidad que se pudiera derivar, para un particular, de esta "adquisición".

Más aún, este fideicomiso 80460, (ahora dueño de la TUA) a su vez constituye OTRO fideicomiso, el 2172, de garantía y de pago a los acreedores, y le aporta este Derecho de cobro, PERO, el nuevo Fideicomiso, contrata a su vez a AICM para que sea la encargada de facturar y cobrar la TUA, cerrando el círculo de esta SIMULACIÓN, pues la TUA NUNCA SALIÓ de la AICM, y aunque ahora la tiene como cobranza delegada, en sus estados financieros (auditados), se sigue contabilizando como ingreso PROPIO !!!.

Este premiado contubernio financiero, se hace para que la deuda que contrata el Fideicomiso "Privado", NO SE CONSIDERE DEUDA PÚBLICA, pero como vemos, esto es más falso que un billete de dieciocho pesos.

Hacer que la deuda pública contratada sea considerada privada, se transforme en ingreso propio de gobierno, y que luego pase a inversión pública presupuestal, más que premio, merece castigo.

El Grupo Aeroportuario concesionario del nuevo aeropuerto, y dueño de AICM, que también cedió sus derechos futuros de la TUA, (3 MESES ANTES DE RECIBIR LA CONCESIÓN), recibió 24 mil millones de pesos de este Fideicomiso en 2016, provenientes de deuda, (sin tener TUA cobrado), y vía pago de aprovechamientos, pasó a ser recurso federal presupuestal.

Es absurdo que se pague un "Aprovechamiento" sin tener aeropuerto!!
Finalmente, no está claro si la SCT tiene facultades para autorizar esta venta de derechos de la TUA, ya que ni la Ley de Aeropuertos ni el Título de Concesión de AICM lo contempla, amén de que esta cesión causa IVA y no se reporta, y como el Fideicomiso 80460 es ahora el dueño de la TUA, y percibe ingresos, no puede ser considerado como "Transparente" y debe ser sujeto de ISR y NO lo paga.

Omisiones importantes que es necesario hacer del conocimiento del SAT.

El autor es especialista en estudios económicos y de finanzas públicas. Actualmente ocupa el cargo de Socio Economía en Pérez Góngora y Asociados.

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.


RÉPLICA:


Señor director:

Con relación al artículo de Marco Antonio Pérez Valtier: "¿En realidad es "privado" el fideicomiso 80460 que está financiando al nuevo aeropuerto de la CDMX?" difundido este miércoles 11 de octubre en el portal de su prestigiado ​medio de comunicación, nos permitimos hacer las siguientes precisiones:

El financiamiento para la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM) es de naturaleza privada y no constituye deuda pública con el objeto de liberar las finanzas públicas. Está diseñado de tal manera que será pagado por los propios usuarios sin representar una carga para todos los demás contribuyentes.

Es precisamente el hecho de no constituir deuda pública lo que deja al Gobierno Federal y Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM), sin responsabilidad alguna del repago ya que, ésta recae exclusivamente en el fideicomiso. Es decir, no hay recurso legal alguno por parte de los bonistas en contra del Gobierno.

Debemos recordar que GACM enajenó el derecho a recibir el TUA el cual lo adquirió el fideicomiso privado pagando una contraprestación de seis mil millones de dólares y es precisamente con ese flujo del TUA con el que el fideicomiso hará frente a sus obligaciones bajo el financiamiento. Este esquema no es la primera vez que se utiliza. Cabe mencionar que fue el mismo esquema utilizado con éxito para financiar la construcción de la Terminal 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).

Es importante destacar que la naturaleza privada del fideicomiso no lo exime de las obligaciones de transparencia de GACM, el cual ha sido abierto no sólo al público a través de la página de internet del Nuevo Aeropuerto sino también a la revisión de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) así como todas sus operaciones. Toda la información de los fideicomisos se encuentra publicada en la página web, en aras de aportar máxima transparencia al financiamiento del NAICM.

Agradeceré a usted la publicación de estos comentarios, para complementar la información a sus lectores.


Atentamente

Octavio Mayén Mena
Comunicación Social

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