Monterrey

Contempla CRE multas por hasta 39 mdp en petrolíferos

Permisionarios y grandes consumidores sólo podrán operar a través del Siretrac.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) pondrá sanciones de hasta 39 millones de pesos a aquellos permisionarios y grandes consumidores de hidrocarburos que realicen actividades de comercialización, distribución sin tener los permisos vigentes y estar dados de alta en el Sistema del Registro Estadístico de Transacciones Comerciales (Siretrac).

Para ellos, todos los involucrados deberán de estar registrados antes del 30 de marzo próximo en dicho sistema.

De acuerdo a la información publicada por la CRE en el Diario Oficial de la Federación todas las operaciones correspondientes con hidrocarburos se deberán de realizar a través del Siretrac, de lo contrario serán considerados como hechos ilegales.

"Los Permisionarios y Grandes Consumidores relacionados en el numeral 1.2, del Apartado 1 que antes de la fecha de entrada en vigor de las presentes disposiciones ya se encuentren realizando sus actividades, deberán estar registrados en el Siretrac a más tardar el 30 de marzo de 2018", publicó la CRE.

Las multas que considera la Comisión serán por la realización de actividades en el ámbito de su regulación sin permiso vigente o autorización, con multa de entre 150 mil a 450 mil veces el importe del salario mínimo, que en este caso rondaría de 13 millones 254 mil pesos a 39 millones 762 mil pesos, al tomar en cuenta el salario mínimo actual de México de 88.36 pesos.

Todos los permisionarios y grandes consumidores de la cadena de distribución y logística de petrolíferos, así como los comercializadores, están obligados a utilizar el Siretrac para el registro de sus transacciones comerciales.

El sistema registrará todas las transacciones comerciales desde el comercializador o distribuidor hasta el usuario final o estación de servicio, incluyendo la rastreabilidad en la operación de los prestadores de servicios de almacenamiento y transporte de petrolíferos, entre otros productos.

La CRE también contempla otras sanciones como por el incumplimiento de las disposiciones aplicables a la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos.

Por la realización de actividades de transporte, almacenamiento, distribución o expendio al público de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, cuya adquisición lícita no se compruebe al momento de una verificación; y también por el incumplimiento de los términos y condiciones que se establezcan en los permisos que haya otorgado, entre otros motivos más.

También lee: