Monterrey

Administrando el condominio

OPINIÓN. Ante los problemas cada día más complejos que conlleva la administración de los condominios, desde el año 2013 la Cámara de Propietarios de Bienes Raíces de Nuevo León ha trabajado para que actualmente se encuentre en trámite una Iniciativa de una nueva Ley en el Congreso del Estado.

Con la explosión del crecimiento de desarrollo de proyectos habitacionales y comerciales sujetos a régimen de condominio en las principales ciudades de nuestro país, paralelamente se hace necesario que existan Administradores Externos profesionales para Planear, Organizar, Ejecutar y Controlar que se lleven a cabo todas las tareas para el mantenimiento adecuado de los desarrollos.

Fue a partir de finales de la Segunda Guerra Mundial que surgieron las Leyes de Condominio por la emigración masiva del campo a la ciudad.

El primer condominio en nuestro país fue en la Ciudad de México y la primera ley se publicó en 1954 en aquella entidad.

En el estado de Nuevo León la primera Ley se publicó en 1955 y la segunda ley que abrogó la primera entró en vigor el 1 de abril de 1993, que es la actualmente vigente "Ley de Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de Nuevo León".

Ante los problemas cada día más complejos que conlleva la administración de los condominios, desde el año 2013 la Cámara de Propietarios de Bienes Raíces de Nuevo León ha trabajado para que actualmente se encuentre en trámite una Iniciativa de una nueva Ley en el Congreso del Estado que ayudará a resolver estos problemas que han surgido.

En el régimen de condominio existen dos elementos esenciales, en primer lugar las áreas privativas, y en segundo lugar las áreas de uso común.

Por su forma existen condominios Horizontales, Verticales y Mixtos. Y por el uso de suelo hay Habitacionales, Comerciales e Industriales.

La falta de pago de las cuotas de mantenimiento es el principal problema que tienen actualmente los desarrollos en condominio.

Cuando inician la venta de los departamentos, locales, oficinas y bodegas sujetas al régimen de condominio con la ocupación de las áreas privativas se inician formalmente los trabajos de mantenimiento de las áreas comunes que generalmente las realiza el desarrollador del proyecto inmobiliario, el cual determina la cuota de mantenimiento mensual.

Pero cuando se convoca a la celebración de las Asambleas de Condóminos de acuerdo al Reglamento del Condominio y cuando el desarrollador contrató a una empresa externa especializada en la Administración de los Condominios surgen la necesidad de dar informes del origen y la aplicación de los recursos que el Comité de Vigilancia de los mismos condóminos auditará.

Es normal que la convivencia en el uso de las áreas privativas y comunes producen inconformidades y desacuerdos. Cada quien defiende su punto de vista o sus necesidades especificas. La regla democrática debe prevalecer en las Asambleas de Condóminos.

Podemos concluir que los condominios nacen por economía, eficiencia, productividad y por negocio pues la naturaleza humana prefiere la independencia, todos quisieran tener su propia casa, edificio de oficina o comercial.

Es de vital importancia hacer una buena elección de un Administrador Externo especialista en Condominios pues de ahí depende el buen estado de las áreas comunes y el disfrute de las amenidades con que cuenta el desarrollo.

El autor es experto del sector inmobiliario en México. Es presidente de la firma de bienes raíces líder en el País, Realty World México, y preside además la Federación Internacional de Profesiones Inmobiliarias, FIABCI, Capítulo México.

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.

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