Si perdiste tu empleo, tu ingreso mensual disminuyó o te enfermaste, y te estás atrasando con tu crédito del Infonavit, no te preocupes, éstas son algunas opciones que tiene la institución para sus beneficiarios.
En dichos casos existen tres opciones. La primera es un Fondo de Protección de Pagos con el que se podrán cubrir hasta 6 meses de mensualidad, siempre y cuando la pérdida del empleo no haya sido por una pensión, jubilación o por incapacidad. Esta es una opción preventiva, ya que se deberá pagar mientras el trabajador aún cuenta con el empleo.
Este beneficio aplica en créditos contratados a partir de 2009 y se conforma con las aportaciones del 2 por ciento de la mensualidad que se descuenta a los trabajadores de su nómina para el pago de su crédito.
Para solicitarlo se requiere haber tenido al menos 6 meses en la empresa de la cual fue despedido, para que haya un aporte consecutivo suficiente para cubrir las mensualidades requeridas. Deben haber pasado mínimo 4 meses desde la fecha de pérdida de empleo y no más de 18, además de no contar con otra solución de pago, como un convenio o prórroga.
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Para obtener este seguro se deberá hacer un pago cada mes, dependiendo del pago mensual del crédito incluido el 5 por ciento de lo que pagaba el patrón, por ejemplo: Si dicho pago era de 2 mil 705 pesos o menos, el pago mensual por este seguro será de 272. Si el pago mensual del crédito es de entre 2 mil 705 y 5 mil 441, el pago mensual por el beneficio será de 531 pesos, mientras que si el pago mensual del crédito es mayor a 5 mil 441, el costo del beneficio al mes será de 818 pesos.
Si no cuentas con ese beneficio puedes pedir una prórroga. Esta puede ser total o parcial y el Infonavit no te pedirá que pagues durante el periodo solicitado, pero la deuda sí se incrementará por la acumulación de intereses.
En el caso de la prórroga total, se podrá dejar de pagar desde 12 hasta 24 meses, y se aplicará de manera automática desde la fecha en la que Infonavit deja de recibir tu pago. En tres meses, un asesor acude al domicilio del acreditado para que se confirme que se hará uso del beneficio. Seis meses después de que se aplicó la prórroga, y en caso de que no exista confirmación, ésta se suspende.
La prórroga parcial es un pago de 803 pesos al mes, durante 6 meses, en el que el instituto absorbe el 50 por ciento de los intereses que no se alcancen a cubrir. Igual que en la prórroga total, el Infonavit empezará a aplicar el beneficio desde que detecta el primer pago de 803 pesos y enviará al asesor a los tres meses para confirmar.
Sí, cuando un empleado tiene una disminución de salario y dicho cambio se registra ante el IMSS, se puede solicitar una reestructura.
Para eso deberás dirigirte al área de cobranza de la delegación del Infonavit en la entidad en la que se obtuvo el crédito con el número de seguridad social, copia de identificación y comprobante de domicilio con antigüedad máxima de 3 meses o llamar a Infonatel.
En caso de que la empresa en la que laboras haga un paro técnico, entonces el Infonavit ofrecerá al acreditado un descuento de 25 por ciento en los pagos, durante 12 meses, solo a quienes estén al corriente.
En dichos casos una opción es la solicitud de un nuevo estudio socieconómico. Llamando a Infonatel, se puede solicitar a un trabajador social para determinar cuál es la capacidad real de pago del acreditado, esto cuando la persona tiene una enfermedad crónica degenerativa, o alguno de sus dependientes económicos.
También existe un seguro que puede ser parcial o total, en caso de una incapacidad. El infonavit ofrece una prórroga especial hasta por dos años en la que no se deberá pagar la mensualidad y no se generarán intereses. Este beneficio se solicita también vía Infonatel.
Por otra parte, en el seguro por incapacidad total permanente, si se cumple con los requisitos legales establecidos, se podrá solicitar la liberación del adeudo para que posteriormente se pueda llevar a cabo la cancelación de la hipoteca.
Para ello se requiere contar con el dictamen con carácter definitivo de incapacidad total emitido por el IMSS, ISSTE, Profedet o la Secretaría de Salud.