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Con Ley Fintech, sector crecerá 17% al año: CNBV

El próximo 10 de septiembre de publicarán en el DOF la primera parte de las disposiciones secundarias de las actividades Fintech.

A unos días de que se publique la primera parte de las reglas secundarias de la Ley Fintech, el titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Bernardo González, destacó que la ley incentivará el crecimiento del sector a tasas promedio de 17.3 por ciento para los próximos cinco años.

"La Ley traerá tasas de crecimiento más grandes para el sector y servirá como un paraguas para la integración de todas las actividades Fintech, a través de un proceso de adaptación rápido e incluyente", dijo González, durante su participación en la 12 Convención Nacional de la Asociación de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple en México (Asofom).

Las disposiciones secundarias de la Ley Fintech se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el próximo lunes 10 de septiembre, informó González.

La ley, promulgada el 9 de marzo pasado, establece que la CNBV, el Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) deben publicar las disposiciones secundarias en cuatro diferentes periodos: en seis, 12, 18 y 24 meses. Así, la fecha límite para que la primera parte de estas disposiciones generales se publique en el DOF finaliza este lunes.

Estas regulaciones son sólo la primera parte de las disposiciones secundarias y establecen los requisitos mínimos de operación y las reglas a seguir por las Fintech en términos de prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

De acuerdo con González, el crecimiento para el sector será posible gracias a los seis principios rectores de la ley, que buscarán "proveer mayor flexibilidad y regulación actualizada activamente y de forma cercana a la industria".

NUEVAS REGLAS

González detalló que la regulación va a tener algunos ajustes, de acuerdo con los comentarios que se recibieron de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), siempre y cuando haya un equilibrio entre competencia, regulación prudencial y protección de los usuarios.

El funcionario destacó que si las empresas quieren hacer fondeo colectivo necesitan una licencia que otorga la CNBV, mientras que una sociedad anónima ya no puede hacer crowdfunding, porque sería un delito y se tendría que denunciar ante la Procuraduría General de la República.

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