Empresas

TV Azteca rechaza retransmisión de su señal en DTH


 
Ramiro Alonso
 
Tv Azteca, empresa de Grupo Salinas, rechazó la posibilidad de que los operadores de televisión satelital (DTH), como Dish México, retransmita sus señales de televisión abierta debido a que no cumplen con el requisito de cubrir más del 50 por ciento del territorio nacional, comentó José Guadalupe Botello Meza, representante de la televisora del Ajusco.
 
“Los concesionarios de TV restringida vía satélite no deben retransmitir a nivel nacional las señales XHDF Canal 13 y XHIMT Canal 7, so pretexto de cumplir con la norma constitucional”, dijo Botello durante la consulta pública sobre las medidas regulatorias conocidas como must offer y must carry, que inició el 20 de noviembre y concluyó el 19 de diciembre.
 
El representante explicó que las estaciones concesionadas a TV Azteca en el territorio nacional son locales, ya que transmiten a través de 179 señales radiodifundidas.
 
“Ninguna de dichas señales cubre 50 por ciento o más del territorio nacional y cada señal tiene diferencias respecto de las demás tanto en la cobertura respectiva”, expuso.
 
"Por virtud de la reforma constitucional y sujeto a las condiciones establecidas en la misma TV Azteca está obligada, aún violentando nuestros derechos de propiedad intelectual, a permitir a los concesionarios de TV restringida vía satélite la retransmisión de sus señales locales en la misma zona geográfica en donde son radiodifundidas por mi representada, siempre y cuando alguna de éstas llegara a cubrir el 50 por ciento del territorio nacional", expuso Tv Azteca.
 
¿Qué es must offer y must carry?
 
Must  carry  consiste  en  la  obligación  de  los  proveedores  de  televisión  restringida  de retransmitir  los  canales  de  televisión  abierta de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura  geográfica,  en  forma  íntegra,  simultánea  y  sin  modificaciones,  incluyendo  la publicidad y con la misma calidad de la señal original.
 
Must offer consiste en la obligación de los concesionarios de televisión abierta de  permitir  a  los  proveedores  de  servicios  de  televisión  restringida  la retransmisión  de  su  señal,  de  manera  gratuita  y  no  discriminatoria,  dentro  de  la  misma zona  de  cobertura  geográfica,  en  forma  íntegra,  simultánea  y  sin  modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.
 
Las  obligaciones  de  ofrecer  y  retransmitir  gratuitamente  los  contenidos  radiodifundidos perderán su vigencia simultáneamente cuando existan condiciones de competencia en los mercados de radiodifusión y telecomunicaciones, de acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
 
 

También lee: