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Ahora podrás saber qué tan mala (o buena) es tu compañía telefónica

El Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió lineamientos que obligan a las compañías a tener un bajo porcentaje de llamadas interrumpidas o mensajes de texto que no llegan, además, los usuarios conocerán el desempeño de las empresas.

En México, los usuarios ya podrán conocer qué tanta velocidad ofrecen las compañías en datos, así como el porcentaje de llamadas que fallan o de mensajes que llegan con retraso

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió los lineamientos de calidad que deben ofrecer los proveedores de servicios de telefonía móvil y a los cuales deberán sujetarse con el objetivo de que los usuarios conozcan el desempeño de los servicios.

"Los lineamientos responden a la estrategia integral de calidad de los servicios de telecomunicaciones del IFT, la cual tiene dentro de sus objetivos empoderar a los usuarios de las redes móviles en México al contar con más elementos que les permitan tomar decisiones informadas al momento de seleccionar a su prestador del servicio móvil", detalló el regulador en un comunicado.

El instituto detalló que los parámetros de calidad, que entrarán en vigor a mediados de marzo, se establecen conforme las necesidades de los usuarios, con el fin de promover la competencia y garantizar su derecho a recibir servicios de calidad.

Así, los usuarios móviles conocerán el porcentaje de fallas en llamadas, tiempos máximos de conexión, la proporción de llamadas interrumpidas sin haber concluido y la calidad de la voz de los operadores; así como su desempeño respecto al volumen de fallas en el envío de SMS, tiempos máximos de entrega e integridad de los mensajes, es decir, que no lleguen "cortados".

Respecto al servicio de datos, se evaluarán la velocidad de carga y descarga, porcentaje de fallas en las sesiones de datos, cantidad de paquetes que se pierden y retardo en la transmisión de la información.

En el caso de los servicios de voz y mensajes de texto se establecieron valores mínimos de cumplimiento, por ejemplo: sólo se permite que el 3 por ciento del total de llamadas de voz superen un tiempo de 8 segundos para su establecimiento, mientras que las llamadas interrumpidas (aquellas que terminan sin que el usuario las finalice) no deberán superar el 2 por ciento.

En cuanto a mensajes de texto, sólo se permite que el 3 por ciento del total superen un tiempo de entrega de 20 segundos.

Para el servicio de datos no se establecen índices de calidad de carácter sancionable, además de que el IFT no cuenta con una base de datos histórica.

"Para la emisión de estos lineamientos, el IFT consideró el hecho de que la calidad de servicio de telefonía móvil ofrecida varía drásticamente entre áreas geográficas y que ha sido uno de los servicios que más quejas recibe tanto en la plataforma Soy Usuario del propio Instituto, así como a través de la Profeco, debido a una percepción de mala calidad por parte de los usuarios", explica el comunicado.

Los prestadores del servicio móvil también deberán informar al usuario, tanto en su portal como por correo electrónico o mensaje de texto, sobre la cobertura del servicio de que disponen y deberán poner al alcance del usuarios, los mapas de cobertura garantizada por estado, región celular y a nivel nacional.

Los lineamientos establecen que a partir del 1 de enero de 2019, la determinación del incumplimiento de los índices de calidad será sancionable.

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