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Senadores alistan reforma contra sobreventa de boletos de avión


Notimex

El Senado de la República analiza una reforma a la Ley de Aviación Civil para frenar la sobreventa de boletos; responsabilizar a las aerolíneas cuando se recurra a esa práctica, a fin de indemnizar al pasajero, y flexibilizar los actuales horarios para acudir a vuelos nacionales e internacionales.

La reforma a los artículos 50 y 52 y adición del 50 bis de la Ley de Aviación Civil, busca revertir las malas prácticas que afectan a los usuarios, dijo la senadora Verónica Martínez Espinoza.

Señala que, de acuerdo con la Profeco, de enero a abril de 2013 tan sólo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México 1,352 usuarios fueron afectados por un monto de 3 millones 313,472 pesos, quienes reclamaron por mal servicio de retraso de vuelos, sobreventa de boletos y pérdida de equipaje.

El documento señala que se recuperó 92% de la suma total reclamada.

La senadora expuso que el marco legal vigente prevé que el concesionario o permisionario deberá cubrir, cuando sean atribuibles a la empresa, la sobreventa de boletos y, por la afectación al usuario, una indemnización al pasajero, que no será inferior a 25 por ciento del precio del billete de vuelo o de la parte no realizada del viaje.

En entrevista mencionó que "overbooking" o "sobreventa de boletos" en México tiene preceptos confusos y ambiguos, siendo que sólo menciona que se puede expedir boletos en exceso, probablemente a interpretación de un juzgador o del usuario, donde no se dice si es para venta o el fin que tendrá.

La integrante de la Comisión de Justicia dijo que la reforma busca acotar el margen de discrecionalidad de las aerolíneas, que exigen que los pasajeros lleguen a las terminales con varias horas de anticipación, con lo cual esas empresas tienen un amplio margen para realizar la sobreventa y con ello tener ganancias adicionales.

La reforma al Artículo 50 de dicha ley propone que en servicios de transporte aéreo nacional, los pasajeros deberán presentarse una hora y media previa a la salida del vuelo, cuando se documente equipaje y una hora sin equipaje o sólo de mano.

En vuelos internacionales, los pasajeros deberán presentarse 2 horas y media previa a la salida del vuelo, cuando se documente equipaje, y 2 horas sin equipaje o sólo con una maleta de mano.

Indicó que la reforma obliga a las aerolíneas a hacer de manera pública y notoria anuncios que se puedan leer en sus mostradores de puntos de venta donde indiquen que los boletos se pueden expedir hasta por 2 veces a la capacidad disponible de la aeronave, respetando el orden de prelación en que se expidió el billete de vuelo.

Además, informar sobre la posible cancelación del vuelo por causas imputables al concesionario o permisionario, que tengan por consecuencia la denegación del embarque, añadió la legisladora del PRI por Jalisco.

Las aerolíneas, en caso de sobreventa o cancelación imputable a las empresas, deberán "ofrecer, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo alguno, los servicios de comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino.

Asimismo, alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

Martínez Espinoza expuso que además la reforma obligaría a las aerolíneas que sobrevendan los vuelos o cancelen alguno por causas atribuibles a la propia empresa a reintegrar el precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.
 

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