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SCT publica Norma de condiciones físico-mecánicas para autotransporte

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación la norma con las especificaciones físico-mecánicas con las que deben cumplir el servicio de autotransporte, la cual entre en mayo de 2015. 

A mediados de mayo del presente año, entrará en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2014, Transporte terrestre-Servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, sus servicios auxiliares y transporte privado-condiciones físico-mecánica y de seguridad para la operación en vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

La Norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), establece las especificaciones físico-mecánicas de los vehículos, para garantizar su circulación con seguridad en las carreteras y de los demás usuarios de éstas.

Lo anterior, para los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, sus servicios auxiliares y transporte privado, en vías generales de comunicación de jurisdicción federal dentro del país.

De esta forma, la Norma determina las condiciones de seguridad físico-mecánicas para la circulación de los vehículos en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, de acuerdo a las tablas de descripción por sistema y componente mecánico previstas en el documento.

En dichas tablas se fijan las condiciones óptimas del sistema o componente y los requisitos mínimos que deben cumplir los vehículos de autotransporte para cumplir con la verificación técnica y obtener la constancia o dictamen de aprobación.

Entre dichos sistemas o componentes están el de aceleración, controles de motor, del sistema de combustible, de escape, eje de transmisión, de enfriamiento, embrague, transmisión, apagado de motor y marcha, bandas de motor y baleros del eje trasero.

Asimismo, de la suspensión, ejes autodireccionables, amortiguadores, frenos hidráulicos, sistema de vacío, válvula proporcionadora, frenos de aire y neumáticos de motor, sistema de frenos antibloqueo, dirección, luces y sistema eléctrico.

También se contemplan carrocerías y cabinas, chasis, plataformas, defensas y dispositivos de protección inferior, puertas de servicios y de salida, parabrisas, ventanas laterales y posterior, espejos retrovisores, asientos y cinturones de seguridad, limpiaparabrisas, sistema de calefacción.

De igual forma, establece las condiciones que deberán cumplir las salpicaderas, placas de identificación, llantas y ruedas, rines; dispositivos de acoplamiento y enganche de remolque y semirremolque.

La Norma también establece la aplicación de la limitación del tránsito vehicular, documentación y sanciones.

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