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Ministro propone otorgar amparo a Telcel


 
Adrián Arias
 
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, propuso otorgar el amparo a Telcel en contra de las tarifas de interconexión que estableció la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para el enlace de sus redes con las de Avantel y Alestra para los años que van de 2006 a 2010.
 
Por otro lado, planteó dejar firme la resolución del organismo regulador respecto de las tarifas de interconexión que calculó para el año 2005.
 
En el proyecto de resolución que elaboró el ministro ponente para abordar el amparo en revisión 318/2011, promovido por Radiomóvil Dipsa (Telcel), el cual se discutirá en el pleno de la SCJN, se explica que este litigio se originó a raíz de un desacuerdo de interconexión entre las 3 compañías por las tarifas de interconexión del año 2005, dentro del esquema denominado "El que llama paga".
 
El documento explica que la Cofetel intervino en este caso a solicitud de Alestra y Avantel, y determinó los precios que las compañías debían aplicar en el enlace de redes para los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.
 
Cofetel calculó tarifas de 1.71, 1.54, 1.23, 1.12, 1.00 y 0.90 pesos por minuto, respectivamente, para cada año.
 
Telcel litigó la resolución de la comisión con el argumento de que se violaron disposiciones del artículo 9 de la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT). La empresa también cuestionó la forma en que la comisión hizo el análisis para implementar una baja en las tarifas, y señaló que el organismo sólo debía intervenir para calcular los precios de la interconexión de redes para el periodo que transcurrió del primero de enero al 31 de diciembre de 2005.
 
Asimismo, Telcel indicó que la Cofetel adicionó elementos al caso y sin contar con facultades para ello "se pronunció sobre cuestiones no sujetas a su competencia y no respetó el debido proceso y la seguridad jurídica de los involucrados", pues "arrebató" el derecho que tenía Telcel para acordar con Avantel y Alestra las tarifas de interconexión que se aplicarían de 2006 a 2010.
 
El ministro ponente explica que es procedente confirmar la concesión del amparo a Telcel contra las condiciones de interconexión determinadas en la resolución para los años de 2006 a 2010, mientras que las condiciones de enlaces de redes determinadas por la Cofetel para 2005 "quedan intocadas" al no hallar ninguna ilegalidad ni violación.
 
Ortiz Mena consideró que son parcialmente fundados pero insuficientes los argumentos de Telcel en su recurso de revisión, e infundados algunos que presentó la Cofetel.
 
El ministro planteó que la comisión tiene facultades legales para intervenir en los casos en donde las empresas no logren un acuerdo para establecer las tarifas de interconexión; también estableció que no hubo una violación al proceso administrativo referente a la fijación de los precios para el enlace de redes. No obstante, el proyecto detalla que la Cofetel se habría excedido de sus facultades al establecer las tarifas de interconexión para los años 2006 a 2010.
 
El proyecto añade que dado que Telcel había obtenido un amparo previo contra la aplicación de las tarifas para los años 2006 a 2010, éstas quedaron sin efecto y dejaron de afectarle. Así, el ministro ponente determinó confirmar la sentencia recurrida en donde la firma obtuvo el amparo, excluyendo las tarifas fijadas en 2005.  
 
Con información de El Financiero Diario.

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