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IFT publica modificaciones a reglas de portabilidad numérica

Se publicaron las modificaciones a las especificaciones operativas para la implantación de portabilidad de números, con lo que se establecen cambios respecto al Número de Identificación Personal de confirmación.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó los cambios a las reglas de la portabilidad numérica, las cuales entrarán en vigor dentro de 10 días.

En el Diario Oficial de la Federación, el organismo da a conocer la resolución mediante la cual su Pleno resuelve las modificaciones a las especificaciones operativas para la implantación de portabilidad de números geográficos y no geográficos.

De esta forma, se establecen cambios respecto al Número de Identificación Personal (NIP) de confirmación, para brindar mayor claridad, certeza y transparencia en el mensaje de texto que se envía al suscriptor de servicios local- móvil en el esquema de prepago.

Especifica que el NIP de confirmación deberá ser generado por el Administrador de la Base de Datos (ABD) y enviado mediante un mensaje de texto al número que será portado, a solicitud de la empresa de telefonía a la cual el usuario desea hacer el cambio.

Así, el mensaje de texto deberá decir: "Está iniciando su cambio de empresa de telefonía móvil. Entregue la clave a la nueva empresa sólo si desea cambiarse. Su NIP de portabilidad es XXXX".

Aclara que será obligación de todos los proveedores de telecomunicaciones, incluso sin numeración asignada, proporcionar la factura de los números del suscriptor y con el monto a su cargo al menos 10 días naturales antes de la fecha límite de pago de los servicios contratados.

Para ello, anota, se deberá proporcionar una alternativa de consulta remota que permita al suscriptor obtener de manera inmediata la factura correspondiente en el plazo indicado.

El pasado 7 de mayo, el órgano regulador dio a conocer cambios en el proceso de portabilidad numérica celular, a fin de hacerlo más sencillo para el usuario.

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