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IFT va por red de Telmex

El organismo regulador estableció los comités necesarios para la desagregación efectiva de la red local de la empresa de telefonía como parte de las medidas impuestas tras declarar a la misma agente económico preponderante. 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció la conformación del Comité Técnico para la desagregación efectiva de la red local, así como dos Comités Técnicos para la definición de los Sistemas Electrónicos de Gestión; uno para los servicios de telecomunicaciones móviles, y otro para los servicios fijos.

A través de un comunicado, el IFT indicó que dichos comités son resultado de las medidas impuestas al agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones.

El 6 de marzo pasado el regulador determinó a América Móvil, con sus firmas Telmex-Telcel, como agente preponderante.

En dicha fecha el IFT impuso obligaciones en materia de desagregación efectiva de la red local y determinó que América Móvil debe implementar sistemas electrónicos de gestión, a través de los cuales tanto el Instituto como los concesionarios solicitantes y los operadores móviles virtuales puedan consultar en todo momento, vía remota, información actualizada de la red pública de telecomunicaciones y realizar las operaciones asociadas a los servicios mayoristas de telecomunicaciones móviles y fijos.

Con ello, se cumple con la obligación de establecer dichos comités en un plazo que no exceda los 90 días naturales contados a partir de la notificación de las medidas impuestas al agente económico preponderante, informó.

En estos comités se definirán diversos aspectos técnicos concernientes a la desagregación efectiva de la red local, tales como el calendario de implementación, parámetros de calidad y estándares técnicos que permitan la adecuada prestación de los servicios, sin dejar de mencionar los formatos, interfaces, mecanismos de seguridad y encriptación, manejo de las bases de datos y todo lo relativo a los Sistemas Electrónicos de Gestión.

Los acuerdos emitidos deberán ser adoptados por unanimidad y ser formalizados por el Instituto, por lo que si esto no se logra entonces será el órgano regulador el que resuelva en forma definitiva.

SALEN DEL AIRE

Por otra parte, el IFT resolvió imponer sanciones y declarar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes afectos a la operación de estaciones de radiodifusión sonora en diferentes bandas del espectro radioeléctrico, sin contar con la previa concesión o el permiso correspondiente.

En dos de los casos se trata de estaciones que operaban en la banda de amplitud modulada (AM) en las frecuencias 710 kHz y 1070 kHz en la ciudad de San Luis Potosí. En ambos, las frecuencias estaban relacionadas a cambios de banda de AM a FM y había concluido el derecho de su uso en amplitud modulada.

Un tercer caso se refiere a la estación que operaba la frecuencia 90.1 MHz, en la banda de FM en Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

Las resoluciones recaídas en estos asuntos ponen fin a los procedimientos derivados del aseguramiento de los bienes destinados a la operación de las estaciones de radiodifusión sonora referidas.

El IFT resolvió también otorgar prórrogas a 34 títulos de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones con cobertura en distintas localidades del país, por un plazo de 10 años.

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