Empresas

Corte retorna a tribunal especializado tres amparos de Telmex

La Suprema Corte resolvió retornar al tribunal especializado tres amparos en revisión promovidos por Telmex y Telnor en contra de las tarifas de interconexión establecidas por el IFT para 2015 con Axtel y Avantel, NII Digital (Nextel) y TV Rey de Occidente. 

En la última sesión de esta semana antes de iniciar el periodo vacacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) resolvió retornar al tribunal especializado tres amparos en revisión promovidos por Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noroeste (Telnor) en materia de tarifas de interconexión.

Estos amparos fueron promovidos por la empresa controlada por Carlos Slim en contra de las tarifas de interconexión establecidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para 2015 con Axtel y Avantel, NII Digital (Nextel) y TV Rey de Occidente, una empresa que ofrece servicios de telefonía, internet y TV en Michoacán Jalisco, Querétaro y Guanajuato.

En semanas anteriores, la Corte resolvió al menos una decena de amparos en materia de interconexión a favor de América Móvil.

La resolución emitida por la Corte determina que "se modifica la sentencia recurrida, se sobresee en el juicio, quedan sin materia los recursos de revisión y de revisión adhesivos y se reserva jurisdicción al tribunal colegiado del conocimiento".

Esto significa que la Corte regresa estos asuntos al Tribunal Colegiado para ciertos efectos, es decir, para que el Colegiado valore los puntos de vista expresados por la Corte y emita una nueva resolución con libertad de jurisdicción, esto es, que vuelva a analizar el caso y emita una nueva sentencia, explicó Agustín Ramírez, abogado especializado en telecomunicaciones del despacho Ouraboros.

"Por eso cuando la resolución dice 'se sobresee el recurso y los adhesivos', significa que no entran a la resolución de esos recursos, sino lo dejan al tribunal competente para que los atienda", subrayó el experto.

Así, la resolución definitiva de estos amparos estará en manos del Tribunal especializado en Telecomunicaciones.

Uno de los temas aún pendientes en la SCJN es la discusión de la tarifa de interconexión cero, un amparo promovido por América Móvil para que se discuta si el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión es constitucional o no.

La tarifa cero es la prohibición legal que tiene América Móvil en su calidad de agente económico preponderante de cobrar a sus competidores por la terminación de llamadas en su red.

Mientras que los jugadores de la industria sugieren que la eliminación de la tarifa cero traería consecuencias negativas en el sector de telecomunicaciones, como una reversión en la baja de precios al consumidor y la desinversión de los jugadores del sector, América Móvil aseguró que la asimetría aplicada a la empresa no debe ser igual a gratuidad de servicios a sus competidores.

"La certeza jurídica necesaria para las inversiones debe ser para todos, no sólo para los operadores extranjeros y sus asociados, agremiados de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti). Telmex y Telcel, empresas mexicanas y principales inversionistas y generadores de empleo en el sector de las telecomunicaciones del país, también tienen derecho a ella", subrayó América Móvil recientemente en un comunicado.

Expertos del sector de telecomunicaciones prevén que será en agosto o septiembre, una vez que la autoridad judicial regrese del periodo vacacional, cuando se conozca el proyecto y se discuta la tarifa cero, aunque hasta ahora, ni el IFT ni América Móvil han sido notificados por la Corte sobre cuándo será la discusión del tema.

:

También lee: