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Adeudos de Aeromar al AICM son desclasificados por el Inai

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso la Información y Protección de Datos Personales resolvió instruir al Aeropuerto a que proporcione a un solicitante datos de los adeudos anuales de Aeromar por concepto de TUA de la última década, que había clasificado como reservados.

CIUDAD DE MÉXICO.- Los adeudos por los últimos 10 años de la aerolínea Aeromar por concepto de Tarifa de Uso Aeroportuario (TUA) fueron desclasificados por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El Instituto también ordenó la entrega de la información a un particular que la había solicitado, informó en un comunicado.

El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México había clasificado erróneamente la información como reservada  por 5 años, con base en los artículos 14 fracción VI con relación directa al artículo 13 fracción V de la Ley federal de Transparencia, relativos a un proceso deliberativo y al perjuicio a las actividades de verificación de cumplimiento de leyes, detalló el INAI.

Posteriormente, intentó corregir clasificando la información como confidencial por el mismo periodo, pero fundamentado en los artículos 18 fracción I y 19 de la misma Ley, relacionada con información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

El particular que solicitaba la información se inconformó y presentó en el INAI un recurso de revisión que fue turnado al comisionado Oscar Guerra Ford.

En el análisis de la respuesta, el INAI señala que el TUA es derivado del aprovechamiento de un bien de dominio público -el aeropuerto- por parte de un concesionario -la aerolínea Aeromar-.

"El pasivo generado por Aeromar se generó a partir de la omisión del cumplimiento de una obligación consistente en reportar los pagos realizados por terceros por concepto de TUA y la información es susceptible de proporcionarse", determinó el INAI.

De acuerdo con el instituto, si se toma en cuenta que los pagos obtenidos por el cobro de TUA se derivan del uso temporal de un bien de dominio público, los montos obtenidos son públicos y de ningún modo cabe la posibilidad de restringir su acceso a los gobernados bajo ninguna de las modalidades previstas en la Ley de la materia.

La situación, anotó el comisionado, "cobra relevancia si se toma en cuenta que la omisión de una empresa para reportar recursos, que ya fueron pagados por los usuarios de las instalaciones del aeropuerto de la Ciudad de México, es de interés público y de utilidad general, pues de esta manera puede conocerse el comportamiento de determinada concesionaria o permisionaria respecto a las obligaciones adquiridas con motivo de la explotación de bienes de uso común que pertenecen al Estado".

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