Elecciones 2018

TEPJF desecha impugnaciones contra candidatura de Manuel Velasco

Los magistrados electorales dijeron que el reclamo del ciudadano Horacio Culebro no tenía sustento, porque la autoridad responsable sí respondió la petición.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó recursos presentados en contra de la postulación del gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello, por el Partido Verde a una senaduría plurinominal.

En sesión pública, la Sala Superior desechó los juicios ciudadanos 401 y 405, en los que Horacio Culebro Borrayas reclamaba la omisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de dar respuesta al escrito mediante el cual se impugnó la designación de la candidatura.

Los magistrados electorales apuntaron que el reclamo del ciudadano no tenía sustento, porque la autoridad responsable sí respondió la petición, por lo que el recurso quedó sin materia.

Y puntualizaron: "En lo relativo a la aprobación del acuerdo en el que se designó al candidato (Manuel Velasco), se estima que el actor carece de interés jurídico para controvertirlo, pues no le causa perjuicio alguno en su esfera de derechos", por lo que se desecharon los recursos.

El TEPJF también desechó otros ocho juicios interpuestos por ciudadanos involucrados en el caso de los funcionarios de Nuevo León que recopilaron firmas a favor de Jaime Rodríguez Calderón, 'El Bronco', para que obtuviera su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República, en horario laboral.

Al respecto, los magistrados electorales remarcaron que "los recurrentes agotaron su derecho de acción al haberse agotado por esta Sala Superior la resolución del recurso 294 de este año y sus respectivos acumulados, entre ellos los diversos recursos interpuestos por los actores".

El pleno del TEPJF también resolvió el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador interpuesto por Movimiento Ciudadano en contra de la sentencia de la Sala Especializada que determinó el uso indebido de la pauta atribuida al partido por el promocional de televisión denominado "Memorable Uno Local".

Los magistrados de la Sala Especializada consideraron que en dicho spot se vulneró el interés superior del menor y multó a Movimiento Ciudadano con 161 mil 200 pesos, porque no se tenía certeza de que los niños que participaron hubieran dado su consentimiento "de puño y letra".

Sin embargo, una de las niñas que participó no sabe leer ni escribir, por lo que la Sala Superior consideró que se deben tomar en cuenta otras alternativas para que los menores den su consentimiento, que podrían ser desde dibujos hasta grabaciones.

"Justamente lo que dice (el proyecto) es: 'En términos de los lineamientos del INE el consentimiento se puede dar por escrito o por cualquier otra forma' y dice el proyecto, y esta cualquier otra forma tendrá que darse, pues puede ser video, puede ser un dibujo, pues ser, cuando digo video, una grabación donde se le esté explicando al chavo o chava y que este a su vez contesta para que pueda identificarse y notarse que está dando su consentimiento, también podría hacerse a través de un acta, ante la Oficialía Electoral del INE, por supuesto", resaltó el magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

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