Elecciones 2018

INE ordena a PAN y MC bajar spots contra Meade

La Comisión de Quejas y Denuncias ordenó cambiar los spots por considerar que su contenido calumnia a Meade Kuribreña; asimismo, ordenó sustituir los promocionales del PVEM en los que aparece Carlos Alberto Puente.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al PAN y MC sustituir los promocionales identificados como 'PDREGSLZ', 'PRDEGSLZR' y 'GASOLINAZO RAC', ante el supuesto contenido calumnioso en contra de José Antonio Meade, candidato presidencial de la coalición 'Todos por México'.

En sesión extraordinaria urgente, con voto unánime, la comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el PRI al determinarse la afirmación que contienen dichos spots, en el sentido de que Meade Kuribreña "es investigado por el desvío de más de seis millones de pesos", y que "hay cuatro denuncias penales por sus desvíos en Sedesol".

El instituto electoral indicó que los anuncios que se transmiten en radio y televisión deberán sustituirse en un plazo de seis horas a partir de la notificación formal, ya que constituyen calumnia al tratarse de hechos falsos con impacto en el actual proceso electoral.

Los magistrados manifestaron que los partidos no cuentan con constancia o elemento alguno en el que demuestren que el abanderado del PRI ha sido condenado por algún delito mediante sentencia firme, ni que haya sido vinculado a investigación o proceso por desvío de recursos públicos.

Además, durante la misma sesión, la Comisión de Quejas determinó que el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) tendrá que sustituir los promocionales vigentes y registrados para su difusión a partir del 21 y 22 de junio en la pauta local de diferentes entidades del país que incluyan la imagen y voz de Carlos Alberto Puente, dirigente nacional del partido y actual candidato a diputado federal por el principio de representación de la segunda circunscripción.

Se señaló que en dichos anuncios locales se hace el uso indebido de la pauta, al generarse una sobreexposición de Puente Salas en detrimento de la equidad de la contienda, puesto que durante procesos electorales concurrentes no se puede difundir contenidos de un proceso federal en uno local y viceversa, como lo establece el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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