Economía

SE expide NOM de emergencia en telecomunicaciones

En la reforma de telecomunicaciones se facultó al IFT para regular en el sector, pero no se le otorgó la vía para hacerlo. Por ello, fue la Secretaría de Economía quien publicó una NOM de emergencia en materia de terminales que se conecten a través de un acceso alámbrico a una red pública.

La Secretaría de Economía (SE) publicó la Norma Oficial Mexicana (NOM) de emergencia NOM-EM-015-SCFI-2015 en materia de terminales que se conecten a través de un acceso alámbrico, luego de detectar una falla en la reforma de las legislaciones en materia de telecomunicaciones de mediados del año pasado, donde se le facultó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitir regulación en este sector, pero no se le otorgó la vía para crear NOMs.

La dependencia del gobierno señala que si bien dentro de la publicación de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se reformaron artículos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, no se modificaron los artículos 1o., 3o., fracciones IV y XI, 38, fracción II, 39, fracción V, y 40, fracciones XIII y XVI, lo que impide que órganos autónomos con el IFT emitan Normas Mexicanas.

Las NOM son obligatorias para establecer los parámetros que deben cumplir los productos que supongan un riesgo para la salud. El IFT ya había emitido una NOM para parámetros técnicos mínimos necesarios que debe cumplir todo aquel equipo terminal que se conecte o interconecte a través de un acceso alámbrico a una red pública de telecomunicaciones el año pasado, pero ante la falta de soporte legal para esto, la Secretaría de Economía tuvo que intervenir para crear esta NOM de emergencia que supliera a la anterior que venció el 15 de enero.


Esta norma de emergencia de hecho hace referencia a la disposición técnica que expidió el IFT que se publicó a inicios de este año, la IFT-004-2014, por lo que en ese sentido no se alteran las medidas a seguir en este segmento.

La NOM-EM-015-SCFI-2015 tendrá una vigencia de seis meses, con posibilidad de prorrogarse por seis meses más, por lo que ahora se deben ajustar la legislación para definir la intervención del IFT en esta materia, tomando en cuenta que la SE aún cuenta con facultades en la verificación de su cumplimiento.

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