Economía

SCJN deja sin definir tema de amparos contra CFE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció en contra de la propuesta del ministro Franco González, la cual planteaba que actos de la CFE como los cobros elevados en sus recibos pudieran impugnarse a través del amparo.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin resolver el mecanismo mediante el cual los clientes de Comisión Federal de Electricidad (CFE) pueden combatir los actos de la empresa productiva del Estado, como los cobros excesivos en el recibo de luz, luego de que la mayoría del Pleno del máximo tribunal desechó la hipótesis de que al ser actos de autoridad, debían impugnarse a través del juicio de amparo.

Los integrantes del máximo tribunal votaron en contra del proyecto del ministro Franco González Salas que nació de una contradicción de tesis entre la Primera y Segunda salas de la SCJN, quienes no coincidieron en determinar si los actos de la CFE debían tomarse como de autoridad, y por tanto ser sujetos a la nueva Ley de Amparo; o como simples contratos de adhesión, los cuales se combaten a través de juicios mercantiles.

"La Segunda Sala, mayoritariamente, dice que sí lo es; y la Primera Sala dice que no. La Segunda Sala dice que la vía para impugnar esto, es el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, o en su caso, el juicio de amparo; y la Primera Sala dice que es la vía ordinaria mercantil", resumió la ministra Margarita Luna Ramos, durante su exposición en el asunto 371/2014 discutido este martes en el Pleno de la SCJN.


El proyecto del ministro Franco González planteaba la posibilidad de que los actos de la CFE, al ser de autoridad, pudieran impugnarse a través del amparo, lo cual daba mayores recursos a los usuarios para defenderse contra los actos de la compañía, consideró el ministro presidente Luis María Aguilar.

"Entonces, para mí, el mayor beneficio que se puede obtener a los particulares, como usuarios, es considerar –como de hecho, creo que hay sustento jurídico para hacerlo– a la Comisión Federal de Electricidad, en estas condiciones y en ese régimen específico, como una autoridad, cuyos actos pueden ser impugnados, a través del juicio de amparo", expuso el titular del máximo tribunal.

Al final el proyecto se desechó por una mayoría de seis votos contra cuatro, por lo que se turnará el caso a una nueva ponencia para dirimir la contradicción de tesis.

El proyecto sólo aplicaría para los casos interpuestos antes de la expedición de la nueva ley de la CFE, que se modificó el año pasado como resultado de la reforma energética.

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